Una mujer con esclerosis múltiple gana una batalla judicial a Vueling

Kepa Oliden y Oskar Ortiz de Guinea SAN SEBASTIÁN/ COLPISA

SOCIEDAD

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Un matrimonio vio cómo un comandante de la compañía les impedía embarcar con la silla motorizada que ella utiliza para desplazarse como consecuencia de los problemas de movilidad que padece

06 nov 2025 . Actualizado a las 17:01 h.

Yolanda y Aitor nunca tenían que haber pasado el mal trago de verse obligados a abandonar el túnel de embarque del aeropuerto de Sevilla acompañados por la Guardia Civil. A punto de coger el vuelo de vuelta a casa el 5 de diciembre de 2021, este matrimonio de Arrasate vio cómo un comandante de la compañía Vueling les impedía embarcar con la silla motorizada que ella utiliza para desplazarse como consecuencia de los problemas de movilidad que padece por sufrir esclerosis múltiple.

El oficial consideró que la batería de litio del vehículo podía estallar en pleno vuelo a pesar de que la propia aerolínea les había dado luz verde a viajar con su motosilla. «Conmigo no viajas con esa silla, nos dijo», asegura la pareja. La consiguiente discusión no sirvió más que para alimentar la «humillación» que sintieron ante el resto del pasaje.

Su posterior reclamación no prosperó, por lo que llevaron su malestar a los tribunales. Casi cuatro años después, la justicia les da la razón y obliga a la compañía a indemnizarles. «Más que por el dinero, ganar el juicio es una alegría porque se demuestra el trato injusto y humillante que sufrimos cuando nos dejaron tirados con las maletas en el aeropuerto», afirman Yolanda Guijas y Aitor Herrera al conocer el fallo tras la vista celebrada en septiembre.

La titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Bergara estima «íntegramente» en su resolución la demanda de este matrimonio, que pedía una indemnización de 1.500 euros más los intereses: 211,29 euros por el alquiler del coche que ellos mismos debieron gestionar para regresar a Arrasate, 256,01 por el kilometraje desde Sevilla, 500 por la denegación de los dos embarques, 215 por el vuelo no utilizado y 288,04 por el daño moral.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico y sobre la que no cabe recurso, señala que la razón asiste «sin género de dudas» a este matrimonio, que antes de emprender el viaje de ida se aseguró de que podrían despegar con la escúter de Yolanda. Así, a través de la agencia con la que contrataron el vuelo, «pusieron en conocimiento de Vueling todas las características de la silla de ruedas para confirmar que podía viajar», y la aerolínea de bajo coste les dio el visto bueno. «Les enviamos fotos de la silla e hicimos todas las consultas para informarnos de si había inconveniente».

Pese al apoyo de la compañía, al llegar a Loiu les pusieron alguna pega por la posible peligrosidad de la batería de litio, pero finalmente les dejaron volar siempre que embarcaran la silla en la bodega del avión. «Nos dijeron que seríamos los últimos en entrar y los últimos en salir, y nos pareció bien», recuerda Aitor Herrera.

A la vuelta, en cambio, se encontraron con la negativa de un comandante y la inflexibilidad de la empresa aérea, que, según concluye la jueza, «no consta que realizara ninguna gestión» para facilitarles un modo alternativo de volver a casa. Se generó una situación «desagradable y humillante», remarca Herrera.

Por más que trataron de hacerle entender al comandante que en la ida habían volado con la misma escúter y con las mismas azafatas, «lo más feo y denigrante» fue cuando el oficial llamó a la Guardia Civil para que los desalojara. Su única opción fue alquilar un coche y completar por carretera los 850 kilómetros hasta Arrasate.

«Abuso de las compañías»

La magistrada se hace cargo de que Yolanda vio dañada «directa y claramente su estima y su dignidad» cuando «la compañía le deniega el embarque en la misma puerta del avión, delante del resto de pasajeros y personal del aeropuerto, precisamente por causa del elemento que debe usar por su enfermedad», ya que como «paciente de esclerosis múltiple, presenta limitaciones a la movilidad».

Asimismo, incide en que Vueling «adoptó unas medidas que atentaron claramente contra la dignidad de los demandantes», dado que tampoco les compensó con los 250 euros por cada billete denegado a los que, en vuelos de hasta 1.500 kilómetros, obliga el reglamento europeo 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros. Y tampoco les devolvió los 215 euros por el pasaje que no pudieron utilizar.

El triunfo en su batalla judicial contra la firma catalana supone «un motivo de orgullo y una reparación moral ante la injusticia y tomadura de pelo de las que fuimos objeto», valora Herrera, que incide en que no buscaban una recompensa económica. De hecho, únicamente reclamaban 288 euros por daño moral. «Solo queríamos ganar para exponer los abusos que cometen algunas compañías aéreas con impunidad».