Consumo sanciona con 320.000 euros al promotor del Reggaeton Beach Festival por prácticas abusivas
SOCIEDAD
La empresa ha admitido su responsabilidad por prohibir entrar con comida y bebida de fuera, cobrar por volver a acceder al recinto o cargar gastos de gestión sin servicio real detrás
04 ago 2026 . Actualizado a las 19:44 h.Consumo y agua embotellada a precio de oro, cacheos, una fianza para poder salir del recinto un momento a fumar o un recargo automático al comprar la entrada. Así han funcionado hasta ahora alguno de los festivales de música más multitudinarios de España a los que el Gobierno quiere ponerles coto. El Ministerio de Consumo ha decidido que esas prácticas eran ilegales y ha sancionado con 320.000 euros a una empresa organizadora de estos eventos por incurrir en cuatro infracciones graves. El nombre de la promotora, que está presente en varias comunidades autónomas, no ha trascendido en un primer momento, si bien después se ha conocido que se trata de la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival, que precisamente este año canceló todas las fechas de su gira de verano, incluida su parada en Nigrán.
La resolución impulsada por el departamento que dirige Pablo Bustinduy pone fin a un expediente abierto tras la denuncia de Facua-Consumidores en Acción y obliga a la compañía, que según el Ministerio ya ha admitido su responsabilidad, a retirar de forma inmediata todas las cláusulas señaladas como abusivas. Hasta ahora la multa más alta la impuso la Comunidad de Madrid en 2025 a la organizadora del festival Brava Madrid con 96.000 euros.
El grueso de la sanción se reparte entre cuatro prácticas. La primera es la prohibición total de acceder al recinto con comida o bebida comprada fuera del festival, una restricción que la organización reforzaba reservándose además el derecho a registrar a los asistentes en la entrada. A esto se suma el cobro por volver a entrar: quien quería salir del recinto durante el evento y volver más tarde tenía que abonar una cantidad extra sobre el precio ya pagado por la entrada.
Cobro por la devolución del dinero no consumido
Consumo también ha detectado irregularidades en el sistema de pulseras cashless —el dispositivo de pago sin efectivo para comprar comida, bebida o ropa en grandes eventos como festivales y conciertos y que funciona como un monedero digital que se lleva en la muñeca— que suele ser habitual y muchas veces obligatorio en este tipo de eventos. La empresa limitaba a un plazo muy concreto la posibilidad de pedir la devolución del dinero no gastado, cobraba una comisión por hacerlo y, además, se quedaba directamente con los sobrantes inferiores a dos euros.
La cuarta infracción tiene que ver con los llamados gastos de gestión en la venta de entradas. El ministerio ha constatado que ese sobrecoste no respondía a ningún servicio real prestado al comprador, sino que era un simple incremento de precio disfrazado.
En este sentido, Consumo recuerda que el precio de las entradas debe ser final y completo desde el inicio, incluyendo todos los gastos. Además, los gastos de gestión solo pueden cobrarse si responden a un servicio real. Por otro lado, el festival debe garantizar el acceso a agua del grifo en el evento y la prohibición de introducir comida y bebida puede ser abusiva si dentro del recinto se permite su consumo mediante la compra. La reventa no está prohibida, pero se debe comprobar que el promotor la permite. Si la compra se hace fuera del canal oficial, hay que asegurarse de que las entradas que se adquieren no son nominativas, que se garantiza el acceso y que se han puesto a la venta por los promotores y no sobre eventos creados por las plataformas.