Los estados podrán conceder ayudas de hasta 50.000 euros a las empresas agrícolas sin tener que notificarlo a Bruselas para su aprobación
AGRICULTURA
La Comisión modifica las normas sobre subvenciones estatales de pequeña cuantía destinadas al campo
10 dic 2024 . Actualizado a las 15:11 h.Los estados miembros de la UE podrán conceder a partir de ahora ayudas al sector agrícola de hasta 50.000 euros sin tener que notificarlo a Bruselas para su autorización. Esta cantidad supone el doble de lo permitido hasta ahora, un total de 25.000 euros en los casos en los que los Estados tuvieran un registro central en el que llevar cuenta de estas subvenciones recogidas en el reglamento de minimis agrícola. En el caso de no disponer de dicho registro, el tope de la ayuda era hasta ahora de 20.000 euros por beneficiario. Estas ayudas pueden concederse durante un período de tres ejercicios fiscales sin notificación previa a la Comisión para su aprobación. Además de estos límites máximos por beneficiario, cada Estado miembro de la UE tiene un importe nacional máximo para dichas ayudas (el denominado «límite nacional»), con el fin de evitar cualquier posible distorsión de la competencia.
El incremento, tal y como explica la Comisión Europea en un comunicado, responde a la modificación de dicho reglamento adoptada esta mañana por el Ejecutivo europeo. Dicha normativa exime del control de ayudas estatales a las pequeñas cantidades de dinero destinadas al sector agrícola, dado que entiende que no tienen ningún impacto en la competencia o el comercio en el mercado único. Una vez que se publique el cambio en el Diario Oficial de la UE, este entrará en vigor a los tres días, aplicándose hasta el 31 de diciembre del 2032.
Pero el aumento de la cantidad máxima de ayuda no es la única modificación que incluye esta enmienda. Además de establecer el aumento del límite máximo de minimis por empresa durante tres años, de los 25.000 a los 50.000 euros, también ajusta los conocidos como «límites máximos nacionales». Estos últimos se calculan en función de la producción agrícola de cada país, pasarán del 1,5 % al 2% de dicha producción , ampliando el período de referencia del 2012-2017 al 2012-2023 para tener en cuenta el aumento del valor los productos del campo en los últimos años.
También se suprimirá el límite sectorial que impedía a un país conceder ayudas de minimis de más del 50% del límite nacional al mismo sector. Al mismo tiempo marcan un registro central obligatorio de estas ayudas a nivel nacional o europeo, lo que «aumentará la transparencia y reducirá la carga administrativa de los agricultores que actualmente usan un modelo de autodeclaración. De este modo no tendrán que supervisar ellos mismos el cumplimiento de las normas».