Negligencia
El magistrado pone de manifiesto en la sentencia la «negligencia» del Concello, que debe velar siempre por el correcto uso de sus instalaciones. «Malo si lo ignoraba, peor si lo conocía y a pesar de ello, consintió que se prolongase esa utilización por el recurrente de los bienes inmuebles públicos para el desempeño de una actividad privada, en la medida en la que no estaría amparada por contrato».
El juez cree que, durante un tiempo, podría justificarse la tolerancia municipal en el uso de las dependencias, pero debió acotarse de manera expresa y por escrito «dejando constancia de que, a partir de un instante, habría que cesar en la práctica». No obstante, cree que el letrado tiene derecho a que no se empobrezca su patrimonio y también sería injusto que el Concello se enriqueciese a su costa. Considera adecuado indemnizar al abogado con 7.260 euros, el importe del último contrato.