El Concello de Vigo deberá pagar a un letrado que defendía a policías por tradición

alejandro martínez VIGO / LA VOZ

VIGO

M.MORALEJO

El juez recuerda que el Ayuntamiento le permitió usar un despacho sin contrato

05 jul 2022 . Actualizado a las 22:35 h.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha condenado al Concello a pagar al abogado que se encarga «desde tiempos inmemoriales» de la defensa de los policías locales. Deberá abonarle 7.260 euros por servicios que prestó sin contrato en 2019 y 2020. Se trata de una cantidad bastante inferior a la que el letrado reclamaba. Carlos Borrás pasó al cobro 35.622 euros por la defensa jurídica realizada una vez que dejaron de contar con sus servicios.

Todos los juicios a los que durante los últimos años se han enfrentado los agentes de la Policía Local en el ejercicio de sus funciones han tenido un denominador común. Allí estaba siempre este jurista para defenderles. Su relación con la administración local viene de largo. Su padre también se encargaba de apoyar jurídicamente a los policías.

El Concello le contrató desde el 2001 hasta el 2018. Según la sentencia, Borrás prestaba un apoyo genérico que, posteriormente, se concretaba en el abono de minutas extendidas con motivo de la asistencia que prestaba a los agentes en diligencias previas o antiguos juicios de faltas por razón de sus servicios policiales.

Pese a que en el 2019 acabó esa relación contractual, el abogado continuó yendo los viernes por la mañana a un despacho que usaba en las dependencias de la Policía Local para seguir atendiendo casos. El magistrado entiende que lo hacía «de buena fe, que se traduce en la creencia de que ese contrato llegaría como años anteriores». Lo hizo hasta que se decretó el estado de alarma y se produjo el confinamiento.

El letrado acudió al contencioso porque el Concello desestimó una reclamación de pago de cuatro minutas por un importe de 8.158 euros y otras seis de 27.104.

El juez tiene claro en la sentencia que no hubo un contrato que amparase la prestación de los servicios del abogado y cuyo importe reclama. Entiende que, en condiciones normales, la demanda estaría abocada al fracaso.

Sin embargo, la ha considerado porque hubo una relación contractual entre las partes «desde tiempos inmemoriales» y porque el abogado prestó los servicios sin contrato en las dependencias del Concello, «a su vista, ciencia y paciencia, sin oposición, durante todo el período».

Negligencia

El magistrado pone de manifiesto en la sentencia la «negligencia» del Concello, que debe velar siempre por el correcto uso de sus instalaciones. «Malo si lo ignoraba, peor si lo conocía y a pesar de ello, consintió que se prolongase esa utilización por el recurrente de los bienes inmuebles públicos para el desempeño de una actividad privada, en la medida en la que no estaría amparada por contrato».

El juez cree que, durante un tiempo, podría justificarse la tolerancia municipal en el uso de las dependencias, pero debió acotarse de manera expresa y por escrito «dejando constancia de que, a partir de un instante, habría que cesar en la práctica». No obstante, cree que el letrado tiene derecho a que no se empobrezca su patrimonio y también sería injusto que el Concello se enriqueciese a su costa. Considera adecuado indemnizar al abogado con 7.260 euros, el importe del último contrato.