Obligan a un padre incapacitado a pagar la pensión a su hija «nini», a la que dio un año para buscar trabajo en Vigo
VIGO CIUDAD

El progenitor está ingresado en una residencia de Vigo por tener deterioro cognitivo. Pedía que la Audiencia le liberase de abonar la pensión de alimentos a su hija de 18 años porque ni estudiaba ni trabajaba
24 sep 2023 . Actualizado a las 20:20 h.La Audiencia de Pontevedra ha condenado a un padre incapacitado que está ingresado en una residencia de Vigo a pagarle 100 euros al mes a su hija de 18 años, una nini que, según él, ni trabaja ni estudia. El padre le dio un plazo de un año para que la joven se esforzase en buscar trabajo pero la Audiencia le replica que eso es imposible y le ordena continuar abonando la pensión de alimentos a su hija.
El divorciado, vinculado a A Louriña, pagaba 250 euros mensuales a sus dos hijos pero en el 2019 un juzgado de familia de Vigo lo declaró incapacitado por un deterioro cognitivo. Su hermana fue su tutora y él ingresó en una residencia de Vigo, donde abona 516 euros al mes. Pidió al juez de familia la extinción del pago de pensiones de su hijo mayor de edad y darle solo cien euros a su hija estudiante. Explicó que, debido a su incapacidad, solo ingresa 839 euros y la Seguridad Social le quita 150 al mes por unas deudas. Recalcó que su hijo de 20 años trabaja en la industria y su hija, de 18, no sabe si trabaja o estudia. Si ella estuviese formándose, él estaría de acuerdo en rebajarle la pensión a 100 euros. Y recalcó que ambos hijos se niegan a relacionarse con él, lo que podía ser causa de desheredación.
La jueza de familia de O Porriño extinguió la pensión del hijo mayor y rebajó a cien euros la de hija, con los gastos extraordinarios compartidos. El incapacitado apeló a la sección primera de la Audiencia de Pontevedra para extinguir también la pensión de su hija o darle un plazo de un año para buscar empleo porque, según alegó, ella decía que era una buscadora activa de trabajo pero no lo probó y no hacía el «mínimo esfuerzo» por trabajar ni formarse. La Audiencia, en una sentencia de junio, le replicó que el plazo de un año para insertarse en el mercado laboral que le había dado el padre a la estudiante era tan «breve lapso que resulta impensable que pueda materializarse cualquier aspiración de acceso al mercado laboral». Por ello, le ordena pasarle los cien euros al mes.