Enredadas en los tribunales
Enredadas en los tribunales
Miércoles, 22 de Enero 2025, 11:21h
Tiempo de lectura: 5 min
Acabar en los juzgados por usar mucho beige y seguir una estética minimalista en redes sociales. Hasta ahora, podía parecer un chiste. Pero la primera denuncia por plagiar el 'estilo aesthetic' –traducido literalmente como estética y que nace en la web Tumblr como un adjetivo que representa todo lo agradable a la vista– de una creadora de contenido ya ha tenido lugar, y ha sido aceptada por el Tribunal del Distrito Oeste de Texas en Estados Unidos.
Este es el caso de Sydney Gifford, una influencer de estilo de vida de 24 años y con más de 600 mil seguidores en TikTok, que acusa a Alyssa Sheil, también creadora de contenido con 430 mil seguidores, de plagiar su estilo conocido como clean girl. Pero, según Gifford, no solo se trata del estricto uso de los colores, sino que asegura que existen pruebas de que copia sus looks, poses y ángulos de cámara en las fotografías compartidas, sus promociones de productos en Amazon o la forma de hablar con sus seguidores. También, curiosamente, señala que tienen el mismo corte de pelo y un tatuaje parecido.
Las influencers se conocieron a finales de 2022 en un encuentro para colaborar, más tarde coincidieron en una sesión de fotos en la que Alyssa dice que se sintió excluida. A partir de ahí, Sheil la bloqueó en redes sociales y comenzó a publicar contenido muy parecido al de ella, hasta el punto de que varios seguidores en común las confundieron. «Me llamó la atención alguien que vio la publicación en su página de 'Para ti' en TikTok, pensó que era mi publicación y luego vio que el nombre de la cuenta no era el mío», explica Gifford en una entrevista en The Verge. Fue entonces cuando Gifford decidió registrar los derechos de autor de sus publicaciones y presentó una demanda bajo la Ley de Copyright Digital no solo por imitar su identidad creativa en línea, sino por «apropiarse de todo su aspecto».
Además, la creadora de contenido afirma que este 'robo de estilo' le ha ocasionado daños psicológicos y una pérdida de seguidores y comisiones de ventas en Amazon, el principal negocio tanto de Sheil como de Gifford. Es más, en la demanda presentada en abril –acompañada de 140 fotos y 18 vídeos– acusa a Sheil de infringir los derechos de autor, interferencia ilícita en posibles relaciones comerciales y apropiación indebida de la imagen de otra persona y pide 150.000 dólares y el cese del perfil de la creadora de contenido por los daños ocasionados. Y no es para menos, cada vez que recomienda productos y persuade a sus seguidores para que adquieran los artículos –etiquetados con el enlace de compra directamente en Amazon– obtiene una comisión. Vamos, toda una estrategia de marketing de afiliados.
Desde la parte contraria, los abogados de la acusada presentaron una moción para que se desestimara la mayoría de cargos este verano y Sheil sigue negando absolutamente todas las acusaciones, pero aún tiene que producirse el juicio. Eso sí, a día de hoy, las fotografías que la demandante incluyó están todas eliminadas de su perfil.
¿Quién tiene la razón en este caso? Según explican expertos en propiedad intelectual estadounidense, los Derechos de Autor del Milenio Digital (DMCA) solo se aplican cuando se altera o reproduce una obra idéntica. Ya en 2018, Jacobus Rentmeester, un fotógrafo, llevó a Nike a los tribunales argumentando que la empresa deportiva había copiado su foto de Michael Jordan para diseñar su famoso logotipo Jumpman, utilizado en la campaña Air Jordan. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito desestimó la demanda, ya que Nike demostró haber contratado a otro fotógrafo para capturar una imagen similar, sin usar la de Rentmeester.
En 2005, el fotógrafo Jonathan Mannion ganó una demanda contra una agencia de publicidad que replicó una fotografía suya de Kevin Garnett tomada en 1999 para un anuncio de Coors Light, reproduciendo la composición, iluminación y pose originales, lo que sí constituyó una infracción de derechos. Por lo que por el momento, solo queda esperar para ver el final de esta batalla de 'influencers'.
Lo que a simple vista parece una trivialidad sobre peinados y atuendos podría transformarse en la definición de unos nuevos límites en el mundo de los creadores de contenido. En España, tampoco existe una protección específica en la legislación para la estética o estilo visual. Sin embargo, existen ciertas normativas aplicables en determinados casos: «Se podrían aplicar los derechos de autor, aunque para que la estética o el estilo de vida sean protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), deben considerarse creaciones originales plasmadas en obras fotográficas, audiovisuales u otros soportes. También podría darse un caso bajo la Ley de Competencia Desleal, si un tercero copia elementos distintivos del estilo de un influencer con el fin de aprovecharse de su reputación o confundir al público», explica Alberto Zuñiga, Responsable de Derecho Mercantil y Propiedad Intelectual de Lets Law.
Los requisitos para que la imagen o estética de un influencer se considere una obra protegida bajo la legislación española debe tratarse de una creación humana –al menos, por ahora– y debe ser el resultado de una decisión creativa. El experto en propiedad intelectual lo aclara: «La originalidad puede entenderse desde una perspectiva subjetiva, como manifestación única del autor, o desde una perspectiva objetiva, cuando la obra sea novedosa y no exista con anterioridad». Y añade: «La obra debe estar plasmada en un medio tangible, como fotografías, videos o diseños gráficos. En estos casos, será clave determinar si se trata de inspiración legítima, que implica el uso de elementos generales sin violar derechos, o de plagio, donde se reproduce total o parcialmente una obra protegida, aprovechándose del esfuerzo creativo del autor sin su consentimiento».
Y, ¿qué recorrido tendría? Pues, Zuñiga aclara que un pleito de estas características sería complicado, pero que podría tener un impacto significativo en el sector y sentar un precedente interesante. «El caso presenta varios retos: es necesario acreditar el plagio de contenido protegido por derechos de autor. Con la información disponible, esto parece complicado, ya que la inspiración legítima no está sancionada por la ley. Otra vía sería alegar competencia desleal, argumentando que el acusado se ha aprovechado de la reputación o los elementos distintivos del influencer para obtener un beneficio económico o confundir al público. Para ello, habría que probar el daño directo o indirecto causado a la actividad profesional del influencer», explica. Eso sí, la subjetividad inherente a la valoración del estilo visual podría dificultar la prueba de elementos protegibles y su copia.