El TSXG decidirá si deroga la ordenanza fiscal por la que A Pontenova pedía casi un millón de euros a una energética
A PONTENOVA

El juzgado lucense, que anuló en sentencia firme la tasa por actividad, plantea cuatro años después la cuestión de ilegalidad frente a la norma que la sustenta
04 may 2025 . Actualizado a las 11:00 h.El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó el sábado un auto del Xulgado do Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo con el que se plantea, ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la cuestión de ilegalidad en lo referente a la ordenanza fiscal del municipio de A Pontenova reguladora de la tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos. El juez pide al Alto tribunal gallego que resuelva después de que una sentencia del 2021, ya declarada firme, diera la razón a la empresa Norvento frente al Concello, que le reclamaba casi un millón de euros por la actividad del parque eólico Cadeira.
Norvento presentó en septiembre del 2020 un contencioso contra una resolución de la alcaldía que, en base a la aplicación de dicha normativa municipal, emplazaba a la empresa a abonar 946.014 euros por la actividad de la instalación. El juzgado lucense resolvió en diciembre del 2021, estimando el recurso de la compañía. El tribunal consideró que no había un informe económico-financiero que justificase el coste del servicio y los criterios aplicados en la ordenanza fiscal, aprobada en el 2013, de modo que el importe de la liquidación «se sustenta en elementos o parámetros económicos que se desconocen por completo, dando lugar a una falta de motivación absoluta».
De ese modo, el fallo anulaba la tasa considerando también nula la normativa que la sustentaba, aunque las actuaciones quedaban pendientes del planteamiento, ante el TSXG, de la cuestión de legalidad referida a la ordenanza fiscal. No fue hasta el pasado 25 de abril, casi cuatro años y medio después, cuando el juzgado lucense dictó el auto correspondiente. Con él busca un pronunciamiento que refuerce la seguridad jurídica sobre la normativa municipal, y esclarezca si se ajusta o no a derecho.
La ordenanza en cuestión concreta que el hecho imponible de la tasa está constituido «polas actuacións municipais desenvolvidas con motivo de apertura de establecementos, para verificación de que os mesmos reúnen as condicións requeridas pola normativa (...) Entenderase por establecemento toda edificación, instalación ou recinto cuberto ou ao aire libre (...), destinado, habitual ou temporalmente, ao exercicio de actividades económicas por contra propia». Así, se establece la cuota tributaria sobre los metros cuadrados de ocupación, multiplicando la superficie por las tarifas previstas.
El alcalde de A Pontenova, Darío Campos, expone que una vez Norvento ganó el pleito con sentencia firme, «liquidóuselle o imposto á empresa pola ordenanza municipal anterior, que é do ano 2003, o que supuña unha cantidade a pagar moito máis pequena, duns 46.000 euros». No obstante, la compañía energética reclamó también ante los tribunales contra el abono de esta cantidad. Todo ha quedado pendiente de la resolución del TSXG, «porque para poder aplicar unha normativa, hai que anular a outra, e ata agora non se fixera o trámite porque quedou todo nun caixón», lamenta, señalando que estos retrasos suponen un perjuicio para el Concello pontenovés.
El parque eólico Cadeira, que entró en funcionamiento en el año 2019, ocupa terrenos de A Pontenova, Trabada, Lourenzá y Riotorto. Está compuesto por seis aerogeneradores de 135 metros de rotor y 82 de altura, para una potencia total cercana a los 20 MW.