Abona su deuda por impago de pensiones y rebajan de dos años a tres meses el veto a ver a su hija
VIVEIRO

Fiscalía, acusación particular y defensa llegaron a un acuerdo de conformidad
11 mar 2025 . Actualizado a las 13:45 h.Fiscalía, acusación particular y defensa de un hombre acusado de un delito de impago de prestaciones llegaron a un acuerdo de conformidad. El caso procede del Juzgado 1 de Viveiro.
El Ministerio Fiscal señalaba que, tras terminar una relación de pareja, el encausado no pagó la pensión de alimentos reconocida a su hija, de 170 euros mensuales, en un total de doce mensualidades entre los años 2017 y 2018. Así, solicitaba para el varón seis meses de cárcel, la prohibición de acercarse a la menor y de comunicarse con ella por dos años y la suspensión del régimen de visitas por el mismo plazo. Además, reclamaba una indemnización de 2.040 euros.
El acusado, defendido por el abogado Óscar Fernández Agrelo, reconoció los hechos y reparó el daño causado abonando la indemnización solicitada. Tras las negociaciones entre las partes se llegó a un pacto por el que se suprime la pena de prisión, se le impone al hombre una multa económica (1.080 euros) pero se reduce significativamente, a tres meses, el tiempo de prohibición de ver a su hija.