El TSXG desestima el recurso presentado por un sindicato por vulneración de los derechos de la plantilla del GES de Ponteceso

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

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La demanda se presentó a mediados del pasado año. Un juzgado herculino ya había fallado en primera instancia en contra de la central sindical

02 mar 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestimó el recurso de suplicación presentado por la Confederación Intersindical Galega (CIG) y avala por completo la sentencia dictada en primera instancia por un juzgado de A Coruña. Los jueces consideran que no quedó acreditado que se produjera una vulneración de los derechos laborales de los trece integrantes del Grupo de Emerxencias Supramunicipal (GES) de Ponteceso.

El procedimiento arrancó el pasado año, cuando el sindicato presentó una demanda por un presunto quebrantamiento de los derechos fundamentales de la plantilla, como «vulneración del derecho a la vida y a la integridad física» y, de forma paralela, «a la dignidad de los trabajadores del GES». El escrito se dirigió contra el Concello de Ponteceso, la Xunta y la Diputación. La central sindical hizo especial hincapié en la vulneración de los derechos por parte del Ayuntamiento.

La CIG exigía una actuación integral de las instalaciones del polígono de Tella, así como mejoras en las condiciones higiénicas y de salubridad en la base. Por todos estos hechos, el sindicato pedía que se condenara al Concello a abonar 25.000 euros, «por infracción en vulneración de dereitos fundamentais infrinxidos» y, de forma paralela, solicitó actuaciones integrales en las instalaciones del GES.

La Xunta y la Diputación alegaron que no tienen nada que ver con la gestión diaria del grupo, salvo los convenios de colaboración suscritos con el consistorio desde julio del 2013: «Los trabajadores dependen del Concello», alegaron. El Ayuntamiento, por su parte, presentó sendos informes de Inspección de Traballo y del Instituto de Seguridade e Sáude Laboral de Galicia. Los técnicos negaron que se hubieran vulnerado los derechos de los trabajadores. Ahora el TSXG ratifica el fallo dictado en primera instancia. A la CIG le queda la opción del recurso de casación.