La UDC, primera universidad de Galicia que adapta sus estatutos a la LOSU, con el 95 % de los votos

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Mesa del claustro de la UDC, reunido ayer en A Maestranza para la aprobación de los nuevos estatutos de la institución, adaptados a la LOSU
Mesa del claustro de la UDC, reunido ayer en A Maestranza para la aprobación de los nuevos estatutos de la institución, adaptados a la LOSU ANGEL MANSO

El documento, que incorpora el 60 % de las enmiendas debatidas por el claustro, fue aprobado ayer tras un proceso participativo de seis meses

12 may 2025 . Actualizado a las 22:37 h.

El claustro de la UDC aprobó ayer con el 95 % de los votos los nuevos estatutos, primeros de las tres universidades gallegas que se adaptan a la LOSU. Se cierra así el proceso abierto en octubre del 2024 con representantes de todos los sectores (alumnos, profesores, PAS y contratados de investigación) para consensuar la estructura de la institución, los órganos de gobierno, los servicios o la gestión económica.

El documento recibió 65 enmiendas, de las que el claustro debatió 42 (la mayoría se retiraron antes) y aceptó 21 (se incorporaron así el 59,5 %). La mayoría de las 17 rechazadas lo fueron por cuestiones técnico-jurídicas.

Los nuevos estatutos recogen en el título I la estructura de la Universidad, que conserva las facultades y departamentos, y suma la Escuela Internacional de Doctorado y los centros de investigación. El título II afecta al estudiantado, profesorado, personal técnico, de gestión, PAS y contratados para investigación, colectivo que se incorpora al texto tras una antigua reivindicación para disfrutar de derechos electorales y estar presente en los órganos de gobierno y representación (contarán, por ejemplo, con el 5 % de los representantes del claustro). Y también el II recoge la Valedoría Universitaria y las comisiones de Convivencia; Mediación, Arbitraje y Conciliación, e Igualdad, que se crea para atajar la discriminación y el acoso por cuestión de género.

En el título III se abordan los órganos de gobierno y representación y el régimen jurídico de los órganos colegiados y unipersonales (estos, con mandatos máximos de 6 años). Entre las novedades, el tope de tres meses para relevos temporales del cargo, salvo enfermedad o permisos de paternidad o maternidad; el nuevo procedimiento para el cese extraordinario del rector antes del fin de mandato, y la elección de las direcciones de los centros de investigación, directa y por sufragio universal ponderado por el personal adscrito.

El título IV dispone los principios generales de actuación, las unidades administrativas básicas, la inspección de servicios, las fundaciones públicas y otras personas jurídico-públicas y las entidades o empresas basadas en el conocimiento. Se refuerza la unidad de Normalización Lingüística para impulsar el gallego. 

Alojamiento, servicio esencial

La actividad de la UDC depende del título V: docencia, investigación, transferencia y transmisión de conocimiento, y servicios. Aquí destaca la apuesta por la ciencia abierta y la calificación como servicios esenciales del alojamiento, el archivo y la biblioteca. Se procurará ampliar las plazas en las residencias y mejorar la eficacia de la gestión y el uso de documentos.

En el título VI se atiende al régimen económico-financiero, control interno y patrimonio. El VII ordena los actos académicos, honras e imagen corporativa e institucional. Y el VIII regula la reforma de los Estatutos.

En las disposiciones adicionales figuran los conciertos con la Xunta y el Gobierno central para impartir enseñanzas clínicas en hospitales universitarios.