Un vecino de Paderne denuncia a su empresa por no pagarle las horas extras durante 8 meses

T. Silva PADERNE / LA VOZ

PADERNE

El empleado iniciaba su trabajo a las seis de la mañana en el polígono de Pocomaco.
El empleado iniciaba su trabajo a las seis de la mañana en el polígono de Pocomaco. Marcos Miguez

El juez obliga a la compañía a abonar al empleado 5.700 euros por trabajar los sábados «sin figurar en el contrato»

10 jun 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Trabajaba más tiempo del acordado y reclamó las horas extras a su empresa. Pero este conductor de reparto con residencia en Paderne se vio obligado a llevar a sus jefes a un acto de conciliación primero y un juzgado de lo Social de A Coruña después. Reclamó deudas acumuladas en un período de 8 meses.

Con jornadas partidas, comenzaba a las seis de la mañana en el polígono coruñés de Pocomaco, donde cargaba su furgoneta para repartir hasta las 10.00 horas, momento en el que se desplazaba a su casa con el vehículo de trabajo y se reactivaba a las 13.30 para acabar alrededor de las cinco. Los sábados cubría un horario similar aunque más reducido, en total, de unas 5,5 horas.

Su destino eran negocios de Betanzos, Cambre, Culleredo, Bergondo, Irixoa, Abegondo y Aranga. En la denuncia en primera instancia consta que al empleado no se le aplicaba el convenio colectivo para transporte de mercancía por carretera de la provincia de A Coruña. El juez condenó a la empresa a abonar al conductor algo más de 5.700 euros en concepto de diferencias salariales y horas extras, más el 10 % en intereses de mora.

En teoría, solo dos a la semana

La compañía no compartió el fallo y lo impugnó ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Los magistrados citan de nuevo el convenio de A Coruña, por el que se establece una jornada de 1.800 horas de trabajo efectivo al año, con un promedio de 40 horas semanales. Así, el denunciante prestaba servicio de lunes a viernes de 37,5 horas, más otras 5,5 trabajadas el sábado. De este modo, hacía un total de 42, por lo que solo dos se pueden considerar horas extras merecedoras del abono correspondiente.

Pero el TSXG desestima el recurso porque argumenta que, de conformidad con el contrato de trabajo, la jornada abarcaba de lunes a viernes. «Las horas realizadas en sábado serán siempre horas extraordinarias, sin que pueden ser compensadas con las dejadas de realizar en los días comprendidos de la jornada de trabajo de conformidad con lo establecido en el contrato suscrito», apuntan los magistrados, que desestiman el recurso de súplica de la empresa y mantienen el fallo de primera instancia (el abono de los 5.700 euros), además de las costas del juicio.