Aunque el caso del positivo de Ezequiel Mosquera por hidroxietil almidón parece terriblemente complejo, en realidad, todo el tedioso procedimiento que se ha vivido hasta la fecha se reduce a un solo punto legal: si el uso de este producto está prohibido por cualquier vía de administración, tal y como defiende la instructora del caso y el Comité de Competición; o solo por intravenosa, como argumenta la defensa del ciclista. El resto son simples tabiques que reposan sobre este pilar.
De hecho, según explicó ayer el abogado del corredor, la resolución del Comité de Competición, que deja al gallego sin participar en pruebas durante los dos próximos años, edifica la sanción en cuatro puntos.
El hidroxietil
Un producto dopante
El primero, el ya citado. Para el organismo dependiente de la Federación Española de Ciclismo, el hidroxietil almidón es un producto dopante sea cual sea el procedimiento por el que entre en el cuerpo del deportista. Lo que el abogado del corredor niega en rotundo. «La Unión Ciclista Internacional (UCI) y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) admiten su uso oral».
La carga de la prueba
El corredor debe aportar datos
Derivado de este primer razonamiento y en virtud de la legislación antidopaje, el corredor debe aportar cómo entró en su organismo el hidroxietil. Sin embargo, la defensa de Mosquera no quiere facilitar estos datos porque sería admitir que se ha dopado. «No voy a permitir un castigo ni de dos años ni de tres meses, porque no he hecho nada malo», ha manifestado en diversas ocasiones el de Teo. Sin embargo, para el Comité de Competición esta opacidad del ciclista le lleva a pedir la máxima sanción para el ciclista gallego.
El origen del positivo
Una sustancia habitual
El tercer punto que aborda la resolución sancionadora se refiere de nuevo al porqué del positivo. Ezequiel Mosquera no desmiente que hubiese hidroxietil en su organismo, sino que lo consumió por vía oral, ya que este producto «está presente en multitud de bebidas y productos [geles para la recuperación] que usan a diario los ciclistas mientras están participando en las diferentes pruebas que componen el calendario internacional». Pero el Comité de Competición cuestiona que la ingesta de este tipo de alimentos tan comunes sea suficiente como para dar un positivo, porque si fuese así «habría muchos más casos» y, hasta el momento, solo han trascendido el de Mosquera, el de David García y el de Óscar Sevilla.
Sobre esto, la defensa del corredor del Vancailsoleil señala que «quizás es porque no se han buscado». Y recuerda que la primera muestra del ciclista no dio positivo en el primer análisis realizado en el laboratorio de Madrid, sino que saltó en Colonia. Por su parte, Competición subraya que el laboratorio alemán dispone de un sistema «más sensible para estas sustancias».
El experimento
El aval de la vía intravenosa
Finalmente y recalcando lo anterior, el laboratorio de Colonia ha tratado de demostrar que la administración de hidroxietil por vía oral no provocaría un positivo en sus sistemas de detección. Para ello, el científico al cargo de este caso realizó un experimento con tres pacientes y su resultado avalaría la tesis de que solo por vía intravenosa el análisis sería adverso para el corredor. El abogado del ciclista considera que la prueba «carece de toda validez científica, porque el muestreo es muy pequeño y nadie tiene las características de Ezequiel».