Un auto impide la identificación de las bolsas de sangre decomisadas en la operación Puerto

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

DEPORTES

MINISTERIO DEL INTERIOR

Solo admite que se utilice la identificación de las bolsas para descubrir «si pertenecen a algunos de los deportistas a los que se abrieron expedientes por supuesto dopaje»

17 jun 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Un auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid impide que pueda conocerse el nombre de los deportistas a los que corresponden las bolsas de sangre intervenidas en mayo del 2006 en la operación Puerto. El auto resuelve un recurso de aclaración por el que Eufemiano Fuentes -finalmente absuelto en la sentencia emitida en junio del 2016- pedía que se le devolvieran las 211 bolsas de sangre, ya que podría vulnerarse «el derecho de privacidad y confidencialidad derivado de las relación médico-paciente». De esta forma, el doctor Fuentes se aseguraba de que no se usaran para «la mediática lapidación» de los deportistas, ya que, al no poder ser sancionados, según sus argumentos era lo que perseguían las autoridades a las que se entregaban (Federación Española de Ciclismo, Unión Ciclista Internacional, Comité Olímpico Italiano y Agencia Mundial Antidopaje).

El auto solo admite que se utilice la identificación de las bolsas para descubrir «si pertenecen a algunos de los deportistas a los que se abrieron expedientes por supuesto dopaje y que fueron suspendidos por esta causa penal, lo cual es motivo de paralización de la prescripción en vía administrativa». En el verano del 2006, la Federación Española de Ciclismo expedientó a los ciclistas que figuraban en el primer informe de la Guardia Civil, pero rápidamente los cerró y archivó. Y, ahora, de acuerdo al auto, no se puede abrir ninguno nuevo porque los hechos prescriben a los ocho años.

La sentencia del 2016 no impedía la identificación de los deportistas que pudieran estar expedientados, y señalaba que la federacion, el CONI, la UCI y el AMA «están legitimadas para recabar las muestras en orden a la posible incoación de expedientes disciplinarios a los corredores profesionales que pudieren ser identificados como consecuencia de los análisis». Pero el auto redactado el pasado día 14 modifica la interpretación. «La petición de las muestras no tenía por finalidad descubrir a posibles deportistas en orden de la apertura de procedimientos disciplinarios contra ellos, que era un argumento esgrimido por el juzgado para considerar que se trataría de una investigación prospectiva».