Archivada la vía penal contra el presidente de la Federación Gallega de Automovilismo

La Voz

DEPORTES

XOAN CARLOS GIL

La Xunta le había denunciado por el alquiler de dos pisos a la FGA y el cobro de una indemnización tras su cese

18 jun 2022 . Actualizado a las 12:22 h.

El Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense acordó el sobreseimiento y archivo de la causa contra el presidente de la Federación Gallega de Automovilismo (FGA), Iván Corral, tras una denuncia presentada por el ministerio fiscal y la Secretaría Xeral para o Deporte de la Xunta de Galicia por dos contratos de arrendamiento de dos pisos que acogieron la sede y el archivo documental de la FGA, y por el cobro de una indemnización por despido de 25.193 euros en el año 2018.

Respecto a los alquileres, figura como arrendadora la esposa de Iván Corral, pero los inmuebles son bienes de naturaleza ganancial y, por tanto, pertenecen también al presidente de la FGA, a mismo tiempo arrendatario. El auto apunta que tanto el traslado de la sede federativa como los arrendamientos fueron aprobados por los órganos rectores de la federación. «Aun no siendo muy estético el comportamiento adoptado por el presidente de la FGA, no convierten al investigado en acreedor a una sanción de naturaleza penal», añade.

Asimismo, respecto a la indemnización (que Iván Corral cobró entendiendo que su cese previo a presentarse a las elecciones fue involuntario, y también fue aprobada por la asamblea de la federación), matiza que «excede el ámbito del derecho penal determinar si tiene derecho o no».

Contencioso administrativo

«En la actualidad, se está tramitando ante los juzgados de lo contencioso administrativo de Ourense el recurso interpuesto contra la sanción al investigado por estos hechos», recuerda, al tiempo que destaca que la FGA realizó la consulta a su asesor en esta materia «relativa a si se podía considerar el cese de Iván Corral como despido no procedente» y que los asesores «no se pronunciaron, poniendo de manifiesto que era una cuestión que no estaba clara, que habrá de ser resuelta ante los tribunales de la jurisdicción correspondiente, pero no ante los tribunales de la jurisdicción penal».

En el auto, el juez insiste una y otra vez en que «no se deducen indicios que permitan afirmar que los hechos denunciados sean constitutivos de infracción criminal» y que «la resolución dictada por el Comité Galego de Xustiza Deportiva el 10 de diciembre del 2019, tomando como ejemplo una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el 2017 sobre una cuestión similar, demuestra que claramente nos encontramos ante una cuestión eminentemente jurídica cuya resolución excede en mucho el ámbito del derecho penal».

«Los procesos penales se inspiran en el principio de intervención mínima. Solo podrá acudirse a ellos cuando se produzca un ataque contra un derecho o libertad fundamental y ese ataque tenga una intensidad que justifique la intervención», dice el auto, antes de obtener dos conclusiones respecto a las denuncias contra Iván Corral: «Otras jurisdicciones pueden dar una respuesta perfectamente adecuada y mucho más proporcionada» y «No resulta acreditado que se hayan producido los hechos denunciados y que constituyen el objeto de la presente instrucción, y mucho menos que hayan sido cometidos por el investigado».

La FGA propone tres años y medio de inhabilitación para Antonio Rodríguez Troitiño

El Comité de Apelación de la Federación Gallega de Automovilismo propone sancionar al expresidente de la escudería Lalín-Deza y cabeza visible del grupo RenovaFGA, Antonio Rodríguez Troitiño, con una inhabilitación de tres años y seis meses para ocupar cargos en la organización deportiva como autor de una falta muy grave («los actos notorios y públicos que atenten contra la dignidad y decoro, cuando revistan una especial gravedad»), y otra de un año por otra falta de carácter grave («la violación de secretos en asuntos que se conozcan por razón de la pertenencia a cualquiera de los órganos de la Federación Gallega de Automovilismo».

La resolución llega después de que el día 26 de mayo del 2021, la entonces presidenta de la FGA, Gloria de Burgos Pousa, presentó un escrito en el que pone de manifiesto que Antonio Rodríguez Troitiño intervino en directo en el programa Rallye Streaming, que fue emitido el 7 de mayo y realizó declaraciones que De Burgos considera que son inciertas y causan un descrédito para la FGA, como que «en la federación se cometen ilegalidades, que no se vota en las asamblea y no hay acta de las reuniones». La resolución recoge también que Troitiño dijo que «la federación se ha quedado con dinero que pertenece a la escudería». El escrito recoge que el expresidente de la escudería Lalín-Deza insiste en que las afirmaciones no superan el ámbito de la crítica y están amparadas por la libertad de expresión.

RenovaFGA habla de artimañas

El grupo RenovaFGA, que trabaja desde hace un año en la configuración de una candidatura alternativa a la actual presidencia de la FGA, acusa al presidente, Iván Corral, de «rebuscar e utilizar artimañas supostamente legais para forzar a inhabilitación de Antonio Rodríguez Troitiño, coa finalidade de impedir que poida presentarse ás eleccións que deben celebrarse este ano». «Iván Corral está a mover dunha forma torticeira todos os fíos que están ao seu alcance para perpetuar a súa ditadura na FGA», añade RenovaFGA.

Rodríguez Trotiño recurrirá contra esta resolución y acudirá al Comité Galego de Xustiza Deportiva. Además, recuerda que presentó una denuncia en la Secretaría Xeral para o Deporte para invalidar la celebración irregular de dos asambleas, en una de las cuales designado este Tribunal Galego de Apelación da FGA.