Un juez fija que el permiso por la muerte de un familiar empieza el día después

La Voz PAMPLONA / EFE

ECONOMÍA

ALBERTO LÓPEZ

Una empresa descontó el salario de una jornada a un trabajador por haber cogido como día de permiso el mismo en que se produjo el fallecimiento

29 may 2019 . Actualizado a las 16:37 h.

El titular del Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona ha determinado que el permiso laboral por el fallecimiento de un familiar se inicia al día siguiente del óbito, sea laborable o no, salvo que el empleado ya se hubiera ausentado en la jornada en la que se produjo el fallecimiento.

Asimismo establece que el cómputo se realiza por días naturales, y no por días laborables, y que, iniciado el permiso, este no se interrumpe ni se desplazan los días para el disfrute posterior por el hecho de que los siguientes coincidan con días no laborables.

El juez resuelve un conflicto planteado entre un trabajador, que cogió dos días de permiso (lunes y martes), y la empresa, que consideró que debió disfrutar del permiso el mismo día del fallecimiento (domingo) y el posterior, por lo que le descontaron en la nómina el salario de una jornada.

No es la primera vez que este asunto llega a los tribunales. El año pasado, el Supremo ya dictó una sentencia en la que establecía que los permisos retribuidos (ya sea por nacimiento de hijo, fallecimiento de familiar o matrimonio) deben computarse a partir del primer día laborable que siga al hecho causante, ya que, por su propia naturaleza, «se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja», argumentaba el alto tribunal.