Promotores eólicos no podrán reclamar si perdieron acceso a red por retrasos administrativos

Cristina Porteiro
C. Porteiro REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

MARTINA MISER

El Gobierno pacta con la Xunta dejar sin efecto una norma que permitía seguir tramitando los parques fuera del tiempo fijado

02 ago 2023 . Actualizado a las 20:29 h.

El Ministerio de Política Territorial y la Xunta han alcanzado un acuerdo para blindar al Estado ante posibles denuncias de promotores eólicos que hayan podido perder la autorización de acceso y conexión a red de sus parques a causa de retrasos administrativos en la tramitación de sus expedientes. 

Según ha anunciado el Gobierno este miércoles, tanto el Ejecutivo central como el autonómico han decidido poner fin a un conflicto competencial que se remonta al pasado 27 de diciembre, cuando la Xunta, desbordada por las decenas de solicitudes acumuladas, contempló en el artículo 46 de la Ley 7/2022 de medidas fiscales y administrativas de Galicia la posibilidad de continuar con la tramitación de los expedientes para la instalación de parques eólicos que pudieran perder sus licencias de acceso y conexión a red -las concede el Estado- como consecuencia de no llegar a tiempo a la fecha fijada por el Gobierno para resolverlos. Dicha fecha se estableció en el calendario el 25 de enero. 

La negativa del Ministerio para la Transición Ecológica de prorrogar los plazos de nuevo y las dudas sobre la capacidad para resolver todas las solicitudes pendientes obligaron a la Xunta a dejar la puerta abierta a tramitar después de esa fecha aquellos proyectos que cumpliesen con todos los requisitos. Para ello, emitiría una declaración avalando la concesión administrativa y de construcción a cada promotor, aclarando que no la podrían expedir hasta que el Gobierno concediera a los afectados una nueva licencia de acceso y conexión. 

Esta solución in extremis la justificaron alegando que «teniendo en cuenta la brevedad de los plazos y el elevado número de solicitudes presentadas y expedientes de evaluación ambiental en tramitación, se entenderá que la pérdida de los permisos de acceso y conexión por incumplimiento de los hitos de obtención de declaración de impacto ambiental (DIA) se debe a la imposibilidad material de cumplimiento de los indicados plazos, por lo que se apreciará la existencia de causas no imputables al promotor».

Esta norma, tal y como se redactó, abría las puertas a reclamar al Estado responsabilidades patrimoniales. En otras palabras: exigir indemnizaciones multimillonarias por los retrasos administrativos que les hicieron perder la licencia. Eso, claro, siempre que no se detectasen defectos graves en la documentación presentada u otras causas imputables al promotor. 

Para blindarse ante posibles acciones legales, Gobierno y Xunta han decidido reinterpretar esa norma que, tal y como explican en un comunicado, «carece de efectos jurídicos, tanto procedimentales como sustantivos en relación al procedimiento de autorización». Es más, si algún promotor eólico que hubiera podido perder su licencia exige la declaración de que su proyecto cumple con todos los requisitos, esta solo servirá a efectos de conocer el estado de la tramitación del expediente, en ningún podrá utilizarse como herramienta para reclamar al Estado indemnizaciones o licencias nuevas.

Eso, al menos, es lo que interpretan ahora las Administraciones. No obstante, en caso de que se presente algún recurso, la justicia podría verse obligada a valorar si ese arreglo de última hora es válido o, por el contrario, se trata de un parche irregular.  

La patronal gallega limita su impacto a «algún caso»

¿Qué trascendencia tiene este cambio legal? Lo cierto es que el número de expedientes que podrían hallarse en esta situación es «muy limitada», según apunta el presidente de la Asociación Eólica de Galicia (EGA), José Manuel Pazo. «Puede haber algún caso de algún promotor o alguien que hubiera presentado documentación un mes antes», explica. No obstante, el impacto, calcula, será residual. «Se tramitó todo lo que había que tramitar», explica. Se refiere a los 120 expedientes de los 140 sobre los que debía resolver la Xunta —emitiendo declaraciones de impacto ambiental (DIA)— antes del 25 de enero. Hasta 75 obtuvieron autorizaciones administrativas y de construcción.

¿Qué pasó con los otros 20 expedientes? No llegaron a tiempo y perdieron su licencia para conectarse a la red. No obstante, en la mayor parte de los casos la causa fue la falta de documentación. La Xunta se comprometió a mantenerlos vivos en lugar de archivarlos y autorizarlos una vez conseguida una nueva autorización en las subastas que convoca el Ministerio para la Transición Ecológica.

En su momento, fuentes del sector ya habían apuntado a la posibilidad de que los promotores que se habían quedado sin DIA y licencia de acceso demandasen en los tribunales a la Administración para reclamar responsabilidades patrimoniales, siendo «difícil» conseguir una resolución favorable en ese sentido. Este acuerdo entre Gobierno y Xunta dificulta todavía más esa vía para exigir compensaciones al Estado.

Lo que no han aclarado ambas administraciones todavía es qué pasará con la ejecución de las garantías depositadas por los promotores ante las autoridades gallegas. La norma enmendada contemplaba el reembolso (40.000 euros por megavatio).