La Xunta abre este martes el plazo para pedir las ayudas para libros y material escolar

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

EDUCACIÓN

Imagen de archivo de una librera preparando los encargos de material y libros para el inicio de curso
Imagen de archivo de una librera preparando los encargos de material y libros para el inicio de curso Sandra Alonso

Las máximas becas son para rentas inferiores a 6.000 euros por persona: 75 euros para material y 6 ejemplares del banco de libros

19 may 2024 . Actualizado a las 17:00 h.

Desde este martes y hasta que acabe el curso —el día 21 de junio— se podrán solicitar las ayudas de la Xunta para la compra de material escolar y libros de texto del próximo curso, ya que se publicarán en el DOG de este lunes. Las máximas ayudas son para familias cuya renta per cápita no supere los 6.000 euros anuales, que recibirán 75 euros para material y hasta 6 libros del banco de manuales (o 240 euros en caso de alumnos de primero y segundo de primaria). Según la Xunta, estas becas llegan al 70 % del alumnado, aunque nunca son para educación infantil, FP o bachillerato, ya que son etapas voluntarias.

El reparto de ayudas queda de esta manera:

Situación económica

Dos niveles. Hay dos grupos para recibir las ayudas en función de la renta. El más beneficiado es lógicamente quien recibe menos ingresos: la unidad familiar no puede pasar de 6.000 euros anuales brutos por persona. El otro grupo es para quienes ingresan entre 6.001 y 10.000 euros anuales por persona.

Casos especiales. Los alumnos que están bajo tutela de la Xunta, son de educación especial o tienen una discapacidad igual o superior al 65% se equiparan a los alumnos del tramo más bajo de renta.

Material escolar

Menos de 6.000 euros por persona. Las familias podrán recibir 75 euros por hijo en primaria y ESO, tras la subida de 25 euros por bono que se acometió este año.

Entre 6.000 y 10.000 euros per cápita. Es una ayuda nueva, creada este curso y supone un bono de 60 euros para compra de material escolar.

Libros

Dos categorías. Hay dos grandes categorías, los que no pueden reutilizar los libros (educación especial o los primeros años de primaria) y por otra, el resto.

Libros nuevos. Este grupo es el formado por alumnos de los dos primeros cursos de primaria, en los que los libros no son reutilizables porque se escribe en ellos; los de educación especial, que recortan y pintan en los manuales; y aquellos con necesidades específicas de apoyo educativo que les dificultan emplear los libros del fondo solidario. En estos casos, las familias en el tramo más bajo de renta (por debajo o igual a 6.000 euros anuales por persona) recibirán 240 euros por cada hijo en primaria y 280 si están en ESO; el segundo tramo de renta (de 6.001 a 10.000 euros) obtendrán bonos de 160 euros por hijo en primaria y 180 en ESO. 

Fondos solidarios. Desde 3.º de primaria a 4.º de ESO, el alumno puede acceder al fondo solidario de libros. Tienen prioridad el grupo especial (alumnos bajo tutela de la Xunta, de educación especial o con una discapacidad superior al 65%). Para estos y para quienes tengan una renta per capita inferior a 6.000 euros, el fondo les debe garantizar seis libros; para el siguiente grupo de renta, son 4 los libros entregados. 

Requisitos

Devolución del curso anterior. En general para recibir cualquier ayuda en material o libros es un requisito obligatorio devolver los libros del curso anterior.

E-Dixgal. En el caso del libro digital, en primaria el alumno no tendrá que comprar ningún manual. En la ESO, en cambio, el programa equivale a 6 libros de texto. Esto a veces ha generado problemas porque en algunos institutos con E-Dixgal se imparte en asignaturas que no tienen libro. La Xunta dice estar analizando estos episodios porque suponen una aplicación irregular del programa. 

Trámites

Vía electrónica. Se hace desde la sede electrónica de la Xunta, que se habilitará a partir del martes. (este enlace es el de la convocatoria del curso 2023/24)

Presencialmente. Las solicitudes se podrán presentar de forma presencial en los centros docentes o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora.