El Tribunal Supremo ha rechazado que el endurecimiento de las condiciones para acceder al tercer grado penitenciario -la semilibertad- pueda ser aplicado a los reclusos de forma retroactiva. La medida fue aprobada por el Gobierno del PP en el 2003 para evitar las excarcelaciones anticipadas de presos de ETA y también las de peligrosos criminales. El alto tribunal, en una sentencia de obligado cumplimiento por todos los tribunales, señala que estas limitaciones de acceso al tercer grado sólo afectarán a los reclusos que cometiesen los delitos por los que fueron condenados con posterioridad a la entrada en vigor de la reforma legal, el 2 de julio del 2003. La resolución del Supremo hace que las cortapisas impuestas por la reforma legal de hace tres años no afecten desde ayer a miles de reclusos. El Gobierno de José María Aznar sacó adelante en el 2003 una modificación del Código Penal que impuso como condición inexcusable para que un recluso condenado a más de cinco años de cárcel lograse el paso a tercer grado que tuviese ya cumplida al menos la mitad de la condena. La nueva redacción del Código Penal previó que la obligación de tener cumplida la mitad de la condena podía ser ignorada por el juez en casos concretos, siempre que hubiese informes de reinserción que lo justificasen, pero excluyó de esta posibilidad a todos los condenados por delitos de terrorismo y miembros de organizaciones criminales. Txapote, 18 años más La Audiencia Nacional condenó ayer a 18 años de cárcel al ex jefe militar de ETA Xabier García Gaztelu por ordenar en el 2000 al comando Totto que volase con 20 kilos de dinamita la discoteca Txitxarro, ubicada en la localidad guipuzcoana de Deba. Txapote acumula ya penas por 150 años de prisión.