El laberinto de la financiación

ESPAÑA

La crisis ha impedido al Gobierno ampliar los recursos a Cataluña, comunidad que pretende reducir los fondos destinados a la solidaridad con otras autonomías

10 ago 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

El Gobierno ha incumplido el plazo establecido en el Estatuto de Cataluña para que el Estado y la Generalitat alcanzaran un acuerdo sobre las bases de un nuevo sistema de financiación para esta comunidad. Esa vulneración de la norma ha elevado la tensión entre Cataluña y el Gobierno central en plena negociación del modelo general de financiación autonómica. El vicepresidente económico del Gobierno, Pedro Solbes, y el presidente catalán, José Montilla, hacen interpretaciones muy distintas de la situación. Estas son las claves de la polémica.

-¿Por qué el 9 de agosto era la fecha límite para alcanzar un acuerdo?

-El nuevo Estatuto de Cataluña, aprobado en el Congreso y luego ratificado en referendo en esa comunidad, entró en vigor el 9 de agosto del 2006. En su disposición final primera establece que «la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat debe concretar, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del presente estatuto, la aplicación de los preceptos del título cuarto», que define el marco de la nueva financiación.

-¿Por qué ha incumplido el Gobierno el plazo?

-La crisis económica ha impedido al Gobierno diseñar un modelo expansivo en cuanto a los recursos cedidos a las comunidades y por tanto no le ha permitido aumentar los recursos destinados a Cataluña, como piden todos los partidos catalanes. Aun así, Solbes asegura que sí ha cumplido lo establecido porque, a su juicio, el breve documento presentado en julio con las bases del nuevo modelo cumple con la Constitución y con el Estatuto.

-¿Qué cambios introduce el Estatuto sobre la solidaridad de Cataluña con el resto del Estado?

-El artículo 206 del Estatuto dice que «los recursos financieros de Cataluña» podrán utilizarse «para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás comunidades, con el fin de que los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales» prestados por las comunidades alcancen «niveles similares en el conjunto del Estado, siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar». Es decir, limita la solidaridad a los servicios básicos y la condiciona el esfuerzo fiscal de las demás comunidades.

-¿Hay otros límites a la solidaridad de Cataluña?

-Sí. El Estatuto dice que «el Estado garantizará que la aplicación de los mecanismos de nivelación no altere en ningún caso la posición de Cataluña en la ordenación de rentas per cápita entre las comunidades autónomas antes de la nivelación». Es decir, que no se permite que ninguna comunidad con renta per cápita menor que Cataluña llegue a tener una renta per cápita superior tras recibir las transferencias de nivelación.

-¿Es posible que Cataluña disfrute de una financiación ventajosa?

-En teoría, no. El propio Estatuto catalán dice que «de acuerdo con el artículo 138.2 de la Constitución, la financiación de la Generalitat no debe implicar efectos discriminatorios para Cataluña respecto de las restantes comunidades». El artículo 138.2 de la Constitución establece que «las diferencias entre los estatutos de las distintas comunidades no podrán implicar en ningún caso privilegios económicos o sociales».

-¿Son igual de solidarias todas las comunidades?

-No. El País Vasco, por ejemplo, disfruta de un régimen especial en función del llamado Cupo Vasco. Supone que el Gobierno de Vitoria recauda todos los impuestos y luego paga una cantidad por los servicios estatales de los que se beneficia, como Defensa, Casa Real, servicios diplomáticos, etcétera. El País Vasco aporta el 6,5% de los gastos totales por esos conceptos, el porcentaje exacto del peso de su PIB. Y en concepto de solidaridad, aporta el 6,5% del Fondo de Compensación Interterritorial, que solo supone el 1% del dinero que el Estado transfiere a las comunidades. Es decir, el País Vasco paga en solidaridad el 0,065% de lo que el Estado aporta a las comunidades. En situación muy similar se encuentra Navarra.

-¿El Estatuto catalán pide un régimen similar al vasco?

-En este momento no, porque el Congreso anuló muchos artículos del primer texto aprobado por el Parlamento catalán y que sí suponían de hecho un sistema muy similar al cupo.

-¿Las competencias de Hacienda en Cataluña serán diferentes a las del resto de comunidades?

-Sí. Aunque el Estatuto catalán admite que la gestión, recaudación e inspección de los impuestos estatales corresponde a la Administración Tributaria del Estado, establece luego que se constituirá, «en el plazo de dos años, un consorcio o ente equivalente en el que participarán de forma paritaria la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Agencia Tributaria de Cataluña». E incluso añade que «el consorcio podrá transformarse en la Administración Tributaria de Cataluña». Ninguna otra comunidad tiene ese privilegio.

-¿Negocia Cataluña con el Estado igual que las demás comunidades?

-No. El artículo 210 del Estatuto indica que «la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat es el órgano bilateral de relación entre la Administración del Estado y la Generalitat en el ámbito de la financiación». Esa comisión es la que fija el sistema de financiación de Cataluña y su actualización quinquenal. Todas las demás comunidades negocian conjuntamente la financiación en el marco del Consejo de Política Fiscal y Financiera.

-¿Están de acuerdo todos los partidos en que Cataluña debe mejorar su modelo de financiación y recibir más dinero?

-Sí. Los miembros del Gobierno tripartito (PSC, ERC e ICV) cuentan con el pleno respaldo de CiU. El PP catalán también está de acuerdo en que Cataluña debe recibir más dinero y disponer de un nuevo modelo, pero sin vincularlo al Estatuto.