25-A, asedio al Congreso: La Audiencia Nacional obliga al juez Velasco a investigar la convocatoria

EFE

ESPAÑA

El magistrado se había inhibido en favor del juez Pedraz con el argumento de que ya había investigado la convocatoria del pasado 25-S

25 abr 2013 . Actualizado a las 15:57 h.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha obligado al juez Eloy Velasco a tramitar las diligencias que él mismo abrió para averiguar si hay delito en la convocatoria de la plataforma ¡En Pie! de asedio al Congreso de los Diputados, tras haberse inhibido ayer en favor de su compañero Santiago Pedraz. La sección tercera de lo Penal ha adoptado esta decisión en un auto al admitir el recurso de la Fiscalía contra la decisión de Velasco de inhibirse en favor de Pedraz con el argumento de que él ya investigó los incidentes ocurridos en las inmediaciones del Congreso durante la convocatoria «Rodea el Congreso» de la coordinadora del 25-S, celebrada el 25 de septiembre. La sala resuelve así el conflicto de competencias surgido entre ambos jueces a raíz de que Velasco acordara ayer inhibirse y de que Pedraz lo rechazara al considerar que no era competente. Para acordar la inhibición, Velasco esgrimió que esta convocatoria es la segunda parte, «ahora mejor planificada», que la del 25-S, «tratándose de los mismos hechos».

Por contra, la sección tercera -compuesta por Fernando Grande-Marlaska, Guillermo Ruiz Polanco y Ramón Sáez Valcárcel- indica que no puede compartir este argumento «como no sea elevando una presunción a la categoría de certeza sin más sustentos que afirmaciones policiales o el contenido de una página web, sin perjuicio de apreciar dato tan relevante cual es la separación cronológica de seis meses entre unos hechos y otros». Por ello, el tribunal asume «los argumentos esgrimidos por el Ministerio Fiscal, que tanto la convocatoria de la acción como la plataforma son absolutamente anónimas, sin que pueda afirmarse que los convocantes sean los mismos en ambos casos, aunque todo se ampare en la mencionada plataforma que tan sólo es una página web».

La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió ayer esta inhibición al considerar que correspondía al juez de instrucción número 6, Eloy Velasco, tramitar estas diligencias previas, que le llegaron por reparto, ante la posibilidad de que los incidentes que pudieran ocurrir esta tarde en las inmediaciones del Congreso fueran constitutivos de un delito contra altos organismo del Estado. Pedraz rechazó ayer en un auto la inhibición que le propuso Velasco, quien además remitió a su compañero todas las actuaciones practicadas para que se hiciera cargo de las diligencias mientras se resolvía la competencia.

Sin embargo, ayer mismo, Pedraz devolvía «de plano» a Velasco «sus diligencias para que proceda conforme ordena la ley procesal formal», ya que consideraba que al no ser firme el auto de inhibición su compañero no debía haberle remitido todo lo actuado.

Reprochaba también a Velasco que «tratándose de unos hechos que requieren una respuesta inmediata», la inhibición fuera remitida ayer a las 14.00 horas cuando el juzgado «está terminando su horario de tramitación» y se pasó además sin el «visto» del Ministerio Fiscal, que había recurrido el auto de inhibición.

Asimismo destacaba que estas diligencias previas llegaron al Juzgado de Velasco el pasado 17 de abril, «no siendo incoadas hasta el día 23 de abril, en las que el juez acordó dar traslado al Ministerio Fiscal para que informara sobre competencia» y, sin «ni siquiera esperar al informe» de la Fiscalía, ayer dictó el auto de inhibición. «No se explica, por tanto, por qué se acuerda la inhibición en tan tardío momento, máxime tratándose de unos hechos de gran repercusión mediática», criticaba Pedraz a su compañero.

Antes de acordar la inhibición, Velasco pidió información al Parlamento acerca de los actos previstos en la convocatoria del 25-A, si hay sesión de control o comisiones en el Congreso, y preguntó a la Delegación del Gobierno de Madrid si la concentración está autorizada. El Ministerio del Interior ya anunció el pasado lunes que se dirigiría a la Audiencia Nacional para consultar si los posibles delitos derivados de esa convocatoria pudieran ser catalogados como atentados contra altos organismos de la nación. El pasado mes de octubre, el juez Santiago Pedraz archivó la causa contra los ocho convocantes del 25-S y, en un auto, enmarcó la protesta en el derecho a la libertad de expresión, «máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política», al tiempo que reprochó a la Policía sus «excesos» en la instrucción.