Bruselas cuestiona el interés general de la amnistía, que llama «autoamnistía»
ESPAÑA

La Comisión Europea destaca que los votos de sus beneficiarios sirvieron para aprobarla
10 jun 2025 . Actualizado a las 22:34 h.La Comisión Europea ha sido tajante en las observaciones escritas remitidas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la ley de amnistía. Los equipos jurídicos del Ejecutivo comunitario consideran que «parece constituir una autoamnistía» y que es «contraria al Estado de derecho». En el escrito, Bruselas cuestiona que la norma impulsada por el Gobierno español y de la que se beneficiarían los responsables del proceso independentista en Cataluña —entre ellos el expresidente Carles Puigdemont— «responda efectivamente a un objetivo de interés general reconocido por la Unión». Eso sí, descarta que esta cuestión afecte a los intereses económicos de la UE.
El texto critica que los votos de los beneficiados por esta ley «han sido fundamentales para su aprobación en el Parlamento español» y que este proyecto «es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España». De este modo, recuerda que este tipo de «autoamnistías», en las que «quien ostenta el poder político pretende blindarse garantizándose su inmunidad jurídica, son contrarias al Estado de derecho».
El documento, adelantado por El Español, señala que la tramitación de la ley de amnistía por la vía de urgencia hace que haya «eludido importantes informes de órganos consultivos» y una consulta pública. Destaca que las autoridades españolas desoyeron las recomendaciones de la Comisión de Venecia de que se tomara «el tiempo necesario» para un diálogo significativo que tuviera como objetivo la reconciliación social y política. En cuanto a la forma de la ley, la Comisión apunta que tampoco se ha seguido la recomendación de restringir y definir con precisión el alcance material y temporal de la aplicación de la amnistía.
Con todo, apunta que «no se debería concluir que ha lugar a responder» a algunas de las preguntas planteadas por el Tribunal de Cuentas, ya que no ve que los fondos europeos estén afectados por la conducta de los líderes del procés. En sus conclusiones, la Comisión señala al alto tribunal con sede en Luxemburgo que la legislación europea «se opone a una legislación nacional que impone un plazo imperativo de dos meses para decidir sobre la aplicación de la amnistía», si este plazo no permite evaluar el fondo del asunto pendiente. Y, en el caso de que exista una afectación a los intereses financieros de la Unión, los principios de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley «se oponen a una disposición nacional que concede amnistía y que carece de claridad en la definición de su ámbito de aplicación», lo que puede dar lugar a exenciones de responsabilidad de personas que no habrían sido contempladas en el marco de la ley de amnistía
Primacía del derecho de la UE
Además, el Ejecutivo europeo apunta que los principios de primacía del Derecho comunitario se oponen «a una legislación nacional que impone el alzamiento de medidas cautelares», antes de decidir si la aplicación de la amnistía está justificada. Y señala que la normativa europea «impone un plazo imperativo de dos meses para decidir sobre su aplicación». El alto tribunal ha fijado el 15 de julio como fecha para la «vista única» que evaluará la ley de amnistía y su encaje en la legislación comunitaria.
El Gobierno español destaca sin embargo que la Comisión ha concluido que durante el proceso independentista en Cataluña no se hizo uso de fondos europeos y considera por tanto que el Ejecutivo comunitario «valida» la aplicación de la norma, según aseguró este martes la portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría, tras el Consejo de Ministros.