La Audiencia Nacional reconoce un «error» y ordena el reingreso en prisión de las dos españolas retornadas del califato del Estado islámico
ESPAÑA
Ambas mujeres deberán regresar a la cárcel para cumplir la pena impuesta por integración en organización terrorista, con la atenuante de confesión tardía
27 oct 2025 . Actualizado a las 16:21 h.La Audiencia Nacional ha admitido haber cometido un «error» al suspender la pena de tres años de prisión impuesta a Luna Fernández, una de las dos españolas —junto a Yolanda Martínez— que regresaron desde el califato del Estado Islámico con sus hijos a España en el 2023, por lo que el tribunal ha ordenado que ambas vuelvan a ingresar en la cárcel para cumplir la condena.
En varios autos, la Sala de lo Penal rectifica su decisión y deniega a las dos mujeres el beneficio de la suspensión de la pena de tres años que les impuso el tribunal por un delito de integración en organización terrorista, con la atenuante de confesión tardía.
El tribunal concede a Fernández y Martínez un plazo de diez días para ingresar «voluntariamente en prisión para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se darán las oportunas órdenes de busca, captura e ingreso en prisión».
Los magistrados toman esta decisión después de que la Asociación de Víctimas del Terrorismo, personada como acusación, presentara un escrito en el que reclamaba la nulidad de la resolución que suspendía la pena de cárcel.
Además, la Sala recuerda que el Código Penal restringe dicho beneficio a condenas de hasta dos años, por lo que reconoce que «existió un error al concederle la suspensión extraordinaria» a Fernández, solicitud a la que también se adhirió Martínez.
Viuda, madre y sin antecedentes
El pasado septiembre, la Sala de lo Penal había otorgado a Fernández la «suspensión extraordinaria» de la condena por un plazo de cinco años, aunque «condicionada» a que «no delinca» durante ese tiempo y realice 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
En aquel auto, los magistrados destacaban que Fernández «carece de antecedentes penales», por lo que es «delincuente primaria», y que «no consta que haya vuelto a ejecutar acción delictiva alguna, ni que haya tenido contacto o relación con organizaciones terroristas yihadistas».
También valoraron su situación personal: es «viuda y madre de seis hijos» y, antes de su estancia en prisión preventiva —que se prolongó un año y nueve meses—, permaneció «confinada involuntariamente en un campamento de refugiados de donde no podía salir». Aunque ese período no puede computarse para el cumplimiento de la pena, el tribunal consideró que «debe tenerse en cuenta a los efectos de esta resolución».
Los jueces añadían que «no aparece ninguna circunstancia objetiva externa, ni ninguna información o documento, que pueda llevar a considerar que la penada supone un peligro para la comunidad al no existir dato alguno que patentice la existencia de riesgo que el sistema quiere prevenir».
Parte de la pena, pendiente de cumplimiento
Asimismo, los magistrados entendieron que «no existen elementos de juicio que revelen el peligro concreto de que en caso de no optarse por el cumplimiento de la pena, vaya a volver a cometer hechos delictivos», por lo que consideraba «razonable esperar que la ejecución de la pena que resta por cumplir —un año y tres meses— no será necesaria para evitar la comisión futura por parte de la penada de nuevos delitos».
En septiembre del 2024, la Audiencia Nacional había acordado la libertad provisional de ambas mujeres al aceptar la solicitud conjunta de la Fiscalía y de sus defensas.
Fernández y Martínez viajaron voluntariamente a la zona de conflicto sirio-iraquí junto a sus maridos y regresaron a España, donde en abril pasado aceptaron una condena de tres años de prisión tras llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía.
Antes de ese pacto, el Ministerio Público solicitaba seis años de cárcel para cada una al considerar que ambas «participaron en España en actividades a favor de la organización yihadista DAESH» y que viajaron a la zona de conflicto «con plena voluntad de mantener su integración en la referida organización terrorista, esta vez en el núcleo de su poder territorial, a la manera de un cuasi Estado».