El TSXG dice que la compañía que use una antena de móviles de otra empresa queda exenta de abonar el impuesto local
06 sep 2013 . Actualizado a las 07:00 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado un artículo de la ordenanza municipal de Fene de telefonía móvil con lo que le da la razón en parte a la compañía Vodafone que había recurrido contra esta norma. Se trata de un litigio más de las empresas de telefonía móvil y los ayuntamientos.
Este pleito concreto de Fene, ante la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, había sido promovido por Vodafone. Sostenía esta entidad que utilizaba una antena en Fene que pertenecía a otra firma y que, por tanto, quedaba exenta. No así la titular del equipamiento.
Ahora el TSXG estima que así es, si bien la sentencia no afecta al resto de la ordenanza. No obstante, la totalidad de la norma queda inaplicable entre tanto el Concello de Fene no apruebe otra ordenanza ajustada a este criterio. Parece que muchos municipios han solicitado el asesoramiento de la federación de municipios (Fegamp) para redactar el nuevo proyecto de ordenanzas que deberá seguir nuevamente todo el proceso aprobatorio, desde la sanción por el pleno hasta la exposición al público y publicación del texto definitivo en el órgano oficial correspondiente.
Tribunal Europeo
El asunto de fondo había sido sancionado ya por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 12 de julio del pasado año que obliga a los tribunales españoles a corregir su doctrina e incluso a trasladar a la legislación española los cambios necesarios para adaptarse a tal jurisprudencia.
El tribunal europeo estableció que deben excluirse a los operadores de telefonía móvil no solo del régimen especial de cuantificación de la tasa, sino también de la obligación de pagar la tasa cuestionada en este caso, siempre que no sean titulares de la red o antena, como ocurre en Fene.
Alta litigiosidad
«De esta forma -dice ahora el TSXG- los operadores de telefonía móvil no tendrán que abonar tasas municipales por el uso de dominio público municipal si se limitan a utilizar las instalaciones de terceros».
Los pleitos entre concellos y compañías de móviles abarcan diferentes ámbitos además de los relacionados con con la fiscalidad local. También otros hacen referencia a materia urbanística, por la normativa que regula la colocación de las antenas en parcelas y tejados de edificios. A nivel social, la polémica sobre la posible influencia sobre la salud de las emisiones electromagnéticas de las antenas fue muy virulenta hace una década. Sobre todo en las colocadas cerca de los colegios como ocurrió con la instalada en las proximidades del Atios, en Valdoviño. Estos incidentes fueron una de las causas que afectaron a la mala cobertura de telefonía móvil en determinadas comarcas.
Vodafone había recurrido la norma, tras una sentencia del tribunal europeo