El Ministerio de Justicia se ha embarcado en un proceso sin precedentes para reducir el coste del funcionamiento del sistema judicial. A partir de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, reformada por un Real Decreto en febrero de este año, se modifica el régimen de las tasas en la administración de justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita. Esta medida puede limitar el acceso a la tutela judicial, generando una «barrera a la entrada» si no se dispone de los recursos suficientes para abonar los importes. Además, el Ministerio no ha sido capaz de poner encima de la mesa un análisis económico que señale las bondades de su aplicación.
Sin embargo, las actuaciones no acaban aquí. Para octubre de este año está prevista la presentación del primer borrador del anteproyecto de reforma de la Ley de demarcación y de planta judicial de 1988. Según el Ministerio, con la nueva normativa se persigue una mayor concentración de los servicios de tutela judicial, tratando de adecuar la oferta de justicia con la demanda de los ciudadanos, las empresas y la administración.
Así, en un escenario de fuertes recortes presupuestarios, y en la justicia en particular (el presupuesto de este ministerio en 2013 se ha reducido un 4,4 % en relación a 2012), se apuesta por una menor dotación de recursos ante la modificación de la planta judicial y, muy especialmente, por la supresión de partidos judiciales para crear uno por provincia. De ser esto así, en toda la provincia de Pontevedra los 13 actuales quedarían en uno. En Galicia, se pasaría de 45 a 4. Esto plantearía problemas, entre ellos la ubicación física del mismo, lo que claramente condiciona el acceso a la justicia.
Sería recomendable evitar actuaciones automáticas en lo relativo a la eliminación de partidos judiciales. Es más que probable que algunos puedan ser agrupados, cuando la demanda de tutela judicial es muy inferior a la oferta, pero de ahí a establecer uno por provincia, la supresión o concentración resulta más que cuestionable. Cualquier actuación de carácter público debe ser racional y la racionalidad pasa por evaluar correctamente la eficiencia del servicio prestado. Si hay demanda para mantener un servicio público, no es viable su supresión.
Esto es lo que sucede con el partido judicial de Vigo, que además de prestar servicio a la ciudad olívica extiende su actuación a Baiona, Gondomar y Nigrán. Los cuatro municipios suponen 341.000 habitantes, el 71 % de los residentes en el área metropolitana. Solo en la ciudad hay 104.000 trabajadores afiliados a la Seguridad Social y casi 24.000 empresas (el 12% de todas las existentes en Galicia y el 16% de las que tienen más de 100 trabajadores). Vigo es el motor económico del sur de Galicia. La ciudad es junto a Coruña la que más valor añadido aporta a la economía gallega. Todos estos datos deben tenerse muy presentes antes de aplicar reducciones en las prestaciones de servicios públicos tan sensibles.
El artículo 24 de la Constitución reconoce que todos tienen derecho a la tutela efectiva de los jueces y los tribunales en el ejercicio de sus derechos legítimos, y añade que en ningún caso puede darse indefensión por dificultades de acceso a la justicia. Además, quedaría fuera de toda lógica desaprovechar las actuales instalaciones en infraestructura de justicia con las que cuenta Vigo y que tanto necesita su partido judicial.
De esta forma, la tan defendida austeridad no debe limitar el acceso a un derecho fundamental como es la justicia. Hacen falta estudios económicos rigurosos que contemplen la casuística de cada situación antes de proceder a nuevos recortes. Solo así se podrá mejorar la eficiencia y la equidad en la prestación de un servicio público como la justicia.