El letrado del exjefe de Vías y Obras solo ve irregularidades «inocuas»

xosé Carreira LUGO / LA VOZ

FIRMAS

ÓSCAR CELA

La adjudicación de 102 contratos tuvo incluso «un plus» de legalidad

29 sep 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Uno de los argumentos principales del recurso interpuesto por el letrado de José Manuel Romay López al auto que le imputa tres delitos en el marco de la operación Muralla es el de la no inexistencia de irregularidades de relevancia penal en la adjudicación de 102 contratos. Destaca que son de tipo menor y que, por lo tanto, no era necesario un proceso de contratación, ni tampoco publicidad, ni tampoco se precisaban informes de secretaría ni fiscalización. «Los contratos menores forman parte de la contratación administrativa y están sujetos a las formalidades de la misma, pero con simplificación de la tramitación administrativa en aras a una mayor agilidad y eficacia en la gestión», destaca el letrado Alejandro Fernández Pumariño. Esa argumentación fue esgrimida por la letrada que asiste a Francisco Cacharro.

Destaca el abogado de Romay que no era necesaria la intervención de la mesa de contratación. «Para la adjudicación de los 102 contratos -recuerda- no era menester más que la aprobación previa del gasto por parte del organismo, la incorporación de la factura tras la ejecución del contrato y la aprobación de la misma por la Diputación». Añade: «que el órgano contratante, el presidente, hubiese decidido la intervención de los funcionarios del servicio de Contratación -que no el servicio de Vías y Obras, constituye un plus legalmente exigible».

Entiende el defensor de Romay que «no existe absolutamente nada penalmente relevante, porque las irregularidades que se advierten tienen naturaleza meramente administrativa y ello para el caso de que el expediente de la respectiva contratación hubiese sido legalmente necesario tramitarlo por el procedimiento negociado y, por tanto, al no ser exigible la tramitación resultan irregularidades inocuas».

Reseña que los contratos menores son aquellos que tienen un importe inferior a los 50.000 euros cuando se trate de obras y de 18.000 cuando se traten de otros. Indica que en el caso investigado todos son inferiores a 12.000 euros hasta el 2001. Para quien defiende a Romay, hay que descartar la «infundada afirmación de existencia de «irregularidades» en los expedientes de contratación porque ninguna de ellas tiene relevancia ni siquiera administrativa y, por lo tanto, mucho menos penal. La mejor constatación de que es desacertada esa afirmación en el proceso de contratación es que nunca se dirigió imputación alguna a persona integrante del servicio de Contratación».

El auto «clama justicia frente a la imputación, sin indicios probatorios de un mínimo rigor» y sostiene que Romay «ha sido un funcionario con carrera intachable que nunca intervino en la contratación de la Diputación, que en su momento compartió la y honorable inquietud de colaborar con otros profesionales de su ramo en la constitución de una mercantil que dio trabajo a profesionales y que desarrolló una intensa actividad nunca ligada a la Diputación».