Desestimado el recurso de apelación de la Comunidad de Montes de Tameiga contra las licencias de la Cidade Deportiva Afouteza
GRADA DE RÍO
La Audiencia provincial ratifica la sentencia que no veía delito y contra el auto no cabe recursos ordinario
10 ene 2025 . Actualizado a las 11:04 h.La Audiencia Provincial de Pontevedra desestimó el recurso de apelación presentada por la Comunidad de Montes de Tameiga contra la resolución del Juzgado de de 1ª Instancia e Instrucción de O Porriño, de fecha 19 de diciembre del 2023, en el que acordaba el sobreseimiento y el archivo provisional de la causa generada por la denuncia de los comuneros por la construcción de los vestuarios y los dos campos de fútbol de la Cidade Deportiva Afouteza al considerar que no existían indicios suficiente de un «ilícito penal».
La Comunidad de Montes denunció en su día al Concello de Mos por otorgar dos licencias, una para los campos y otra para la edificación, argumentando que pretendían sortear la tramitación del Plan especial de Infraestructuras y Dotaciones para Instalaciones Deportivas con el fin de favorecer el inicio prematuro de las obras, licencias que fueron anuladas en su día por Juzgado Contencioso-administrativo nº 3 de Pontevedra y el TSXG. En la sentencia también se recogía que la obras no tenían el carácter de instalaciones mínimas aludido para justificar las licencias. Con posterioridad, se aprobó el PEID que le dio cobertura legal a la instalación, que es el embrión del proyecto Galicia Sports 360 que el Celta pretende llevar a cabo en Mos.
En consecuencia, la Audiencia Provincial dictó que «no concurre vulneración alguna por resultar procedente el sobreseimiento provisional, por no resultar debidamente justificada la perpetración o existencia de delito, sin que concurra indefensión ni vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que procede la confirmación de la resolución impugnada y la desestimación del recurso». Contra este auto no cabe recurso ordinario.