LA INCORPORACIÓN, primero, del ex presidente Aznar como miembro nato del Consejo de Estado -algo que no han hecho Adolfo Suárez, Leopoldo Calvo-Sotelo y Felipe González-, y ahora su único voto en contra del Informe sobre modificaciones de la Constitución española elaborado por el Consejo de Estado han despertado la previsible expectación. Como es conocido, el Gobierno solicitaba del Consejo de Estado, en el mes de marzo del 2005, en cuanto que «supremo órgano consultivo del Estado» (artículo 107 de la Constitución), informe sobre las modificaciones constitucionales por él auspiciadas. Un encargo que había requerido, sin embargo, previamente de un cambio de sus competencias por la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre. «El Consejo de Estado en Pleno deberá ser consultado en los siguientes asuntos: Anteproyectos de reforma constitucional, cuando la propuesta no haya sido elaborada por el propio Consejo de Estado» (artículo 21. 1). El Ejecutivo, pues, y a diferencia de la praxis habitual en el Derecho constitucional, no actúa como autor material de sus reformas, sino que abandona sus contenidos a un órgano externo: el Consejo de Estado. Un órgano de impecable tradición institucional y excelente capacitación técnica, pero al que no debería corresponder la fijación de sus singulares extremos materiales. Tal competencia habría sido mejor preservarla en el Ejecutivo. Luego, eso sí, éste realizaría, tras el examen del texto confeccionado por el Gobierno, su riguroso enjuiciamiento. En cualquier caso, el Informe es excelente política y jurídicamente. En lugar de constreñirse a exponer sus consideraciones sobre las cuatro materias consultadas (denominación de las comunidades autónomas, sucesión de la Corona, Derecho europeo y Senado) va más allá, e hilvana una exhortación más ambiciosa sobre el verdadero asunto hoy de trascendencia: la conveniencia de cerrar el modelo territorial. Y, en consecuencia, aboga por la restricción de los elementos centrífugos (leyes de transferencia y delegación), la eliminación de la transitoriedad (suprimir la posible incorporación de Navarra al País Vasco), el desarrollo de la solidaridad interterritorial, el restablecimiento del recurso previo de inconstitucionalidad respecto de los Estatutos de autonomía y el aseguramiento de competencias indelegables del Estado (dictar las bases o la legislación básica). Y algo más. Se hace un llamamiento al acuerdo entre los dos grandes partidos. Pero aún así, el criterio del ex presidente ha sido votar en contra, si bien habría que explicar algún extremo. A diferencia del Tribunal Constitucional, no cabía la posibilidad -aunque se solicitó- de presentar un voto particular, lo que le habría permitido oponerse a la reforma, pero avalar, simultáneamente, el Informe . No siendo posible, se habría visto impelido, pues es conocida su posición adversa a la reforma, a no refrendar el Informe : «Ni necesidad jurídica ni conveniencia política ni el consenso suficiente entre los dos grandes partidos». En todo caso, el Informe supone la constatación de un criterio distinto al del Gobierno: si se reforma la Constitución, las modificaciones necesarias no son, en el mejor de los casos, sólo éstas. Además, y lejos de lo que pudiera inicialmente pensarse, las cuatro modificaciones citadas no son ni tan inocuas, ni tan impermeables. Para el Consejo, abierta la caja de Pandora, éstas deberían afectar, al menos, a otros sesenta preceptos más de nuestra Carta Magna. Mientras, posiblemente, Aznar habrá interiorizado el pensamiento de María Zambrano: «Sólo en soledad se siente la sed de verdad».