DECÍA Azaña que cada día tiene su afán, su preocupación social, y en esta época las preocupaciones sociales suelen ser anotadas por los estudios del centro de investigaciones sociológicas, que cada cierto tiempo enmarcan los problemas que más acucian temporalmente a los españoles. Últimamente, y no sin razón, se ha erigido en lugar preferente entre las preocupaciones las muertes por accidentes de vehículos de motor, cuyo número hace público cada lunes la Dirección General de Tráfico. Pero si el conocimiento del número de muertes es siempre sombrío, lo es mucho más el saber que, independientemente de haber subido o bajado las previsiones, el próximo fin de semana, y el otro, y el otro, se van a producir indefectiblemente un número de muertes similares. Es, sin lugar a dudas, la crónica de unas muertes anunciadas ante la imposibilidad de restringir el número de desplazamientos. Crónica anticipada a la que sólo le falta poner nombres, si bien hasta a eso se nos acerca más: jóvenes, noches, fin de semana, alcohol, exceso de velocidad¿ Ante tal conmoción, las autoridades y los creadores de opinión social han puesto en funcionamiento la necesidad de operar con el Código Penal, lo que en mi opinión no es del todo acertado. Es decir, no veo que la solución al problema sea mandar a prisión a una persona que conduce sin carné, seguro o con exceso de velocidad. El Código Penal prevé la imposición de penas a personas por conductas que infringen los mínimos que una sociedad ha establecido como barrera infranqueable, y por ello impone usualmente la más grave de las medidas: la prisión como respuesta. Lo que creo exagerado y no eficaz si se aplica genéricamente a conductas de tráfico. Me parece más efectivo poner en marcha un largo elenco de expeditivas medidas administrativas. Así, mayor proliferación de radares ocultos; intervención del vehículo por excesiva velocidad; paralización del vehículo por conducción sin seguro o sin carné; retirada inmediata del permiso de conducir por circular bajo los efectos del alcohol e imposibilidad de seguir conduciendo... En definitiva, sanciones expeditivas y de aplicación inmediata al tiempo que de fácil imposición, pero especialmente molestas y de importantes efectos disuasorios. Y dejaríamos con ello la prisión de lado y el Código Penal para aquellas conductas que la sociedad considera intolerables y para las que reserva la contundencia de apartar a una persona de la sociedad. Por ello, creo que antes de criminalizar por conductas de tráfico deben estudiarse, más allá de las existentes, nuevas medidas administrativas, más ciertas, más rápidas y más útiles, con el objetivo de que la crónica de la semana que viene no sea tan nefasta como la anterior.