EL MINISTRO del Interior, competente en España -excepto en Cataluña- para construir cárceles, tendrá que edificar más de las previstas y muy deprisa, antes de que entre en vigor la próxima reforma del Código Penal. Castigar con prisión a aquellos conductores que conduzcan a 90 kilómetros por hora en vías urbanas, a 160 en carreteras de un solo carril, a 190 en autopistas, o a quienes se detecten 1,2 gramos de alcohol en sangre puede llevar a los responsables de nuestras prisiones a poner el cartel «Antes de entrar, dejen salir». El trabajo extra para nuestro renqueante y colapsado sistema judicial va a ser de traca, y la ruptura de la proporcionalidad de la penas, merecer el Guinness de los récords. Así, circular por grandes vías urbanas a más de 90 por hora «con peligro para la vida» (¿de quién y cómo?) nos va a llevar al trullo, que lo evitaremos si matamos a un peatón que cruza un paso de cebra, pero conduciendo a menos de esa velocidad un vehículo sin tener carné, dándonos a la fuga, omitiendo el deber de socorro y mintiendo a la policía con artimañas para hacerle creer que el conductor es nuestro hermano, casualmente menor de edad, y que el coche no está a nuestro nombre. Visitaremos también la chirona durante seis meses o dos años (artículo 270 del Código Penal) si descargamos una canción de Internet y la grabamos en un CD, DVD, MP3 o teléfono móvil (por los que al comprarlos hemos pagado previamente a la SGAE un sustancioso canon que se ha establecido para, curiosamente, resarcirlos de la presunta y nunca probada merma que las descargas de Internet y la venta callejera en la multinacional del suelo causa a los autores), pero evitaremos el penal si hurtamos directamente en una tienda el disco grabado, porque, a diferencia del primer acto, este segundo no se considera delito, sino falta, y, como tal, conlleva tan sólo la localización permanente del interfecto de cuatro a doce días o multa de uno a dos meses (artículo 623.1). Si el descuidero, preso de un rapto de egoísmo, sustrae discos por valor no superior a 400 euros, el hecho sigue siendo una falta, y por más que se empeñe no conseguirá pasar unos días tras la reja. La cosa tiene guasa, pero es así, a no ser que, como suele ocurrir con frecuencia en España, las leyes se hagan para no aplicarse, que pudiera ser, porque dictar más de diez mil ingresos en prisión al año por bajar de Internet una canción o conducir a más de 90 por hora a las seis de la mañana en una vía urbana desierta es para pensarlo, máxime cuando nuestras cárceles tienen rotas las costuras de tanta superpoblación internacional. Y eso a pesar de lo que dejó escrito un delincuente rumano a sus «Queridos colegas: veníos para acá, porque, a la que te detengan, estás en la calle», irrefutable prueba epistolar archivada por la policía de lo que son nuestras leyes y su orden de valores.