REPRESENTANTES de partidos independentistas y algún catedrático de Derecho Constitucional o Administrativo han calificado de golpe de Estado la recusación del magistrado del Tribunal Constitucional Pérez Tremps para intervenir en el recurso de inconstitucionalidad del Estatuto de Cataluña, alegando que los magistrados y profesores que llegan a aquél pueden opinar sobre textos legales sin que por ello queden contaminados para emitir un dictamen posterior. Otros, por el contrario, argumentan que una cosa es opinar sobre textos legales y otra muy distinta que el recusado participara directamente en el asunto objeto del pleito. Si el recusado hace un dictamen pagado, que además se tiene en cuenta, ¿cómo negar esa participación que prevé la ley? La recusación, subrayan, es clarísima y de libro. Si la controversia se limitase al mundo jurídico, la cosa carecería de importancia, porque ese es su ámbito, y todos los días se sustancian en los tribunales recusaciones similares sobre materia a juzgar. Lo preocupante es que muchos de los que califican de golpe de Estado la recusación de Tremps añadan que nadie en su sano juicio puede declarar inconstitucional un Estatuto que ha sido aprobado por un parlamento autonómico, después por las Cortes Generales y, posteriormente, refrendado en consulta popular. Con este peligroso argumento, ¿cuál es el papel del Tribunal Constitucional tras haberse suprimido el recurso previo de inconstitucionalidad? Si quieren hacer una ley sin respetar la Constitución y las leyes anteriores condicionantes, lo que tienen que hacer es una revolución, ha subrayado el procesalista y ex miembro del Consejo General del Poder Judicial Andrés de la Oliva. El verdadero golpe de Estado ya está dado, es el de los que defienden esa tesis porque, ¿qué es primero, la Constitución o el Estatuto? Los que piensan que es primero el Estatuto y elaboran una ley sin respetar la Constitución, están diciendo que prescinden de la Constitución y, en consecuencia, dan un golpe de Estado silenciosos desactivando el Estado de derecho. Desde la sentencia Rumasa, cuando el Constitucional argumentó, con el voto dirimente de su presidente, Manuel García Pelayo, que la expropiación no incumplía preceptos constitucionales y, en consecuencia, que no afectaba al derecho de propiedad, el TC está moribundo. Ahora, con el Estatuto de Cataluña, se le enterrará gracias al poder político, que siempre ha preferido gente dócil y moldeable, juristas de alquiler, como define con acierto De la Oliva a estos leguleyos.