El Estatuto catalán y el Constitucional

| ARTURO MANEIRO |

OPINIÓN

27 abr 2007 . Actualizado a las 07:00 h.

CON LAS declaraciones de Maragall, el Estatuto de Autonomía catalán vuelve a la actualidad. Y es que esta norma autonómica de Cataluña ha sido problemática en su elaboración, en su discusión, en su debate y en su referendo. Provocó la defenestración de Pascual Maragall y el reforzamiento de Carod-Rovira. Desde el primer momento se sabía que muchos de sus artículos y propuestas estaban rozando la inconstitucionalidad; es decir, iban en contra del ordenamiento del Estado previsto en la Constitución española, o, por lo menos, estaban en un dudoso límite. Y cuando esto sucede, la responsabilidad de las fuerzas políticas es dirimir la cuestión y plantear al Tribunal Constitucional que despeje las dudas sobre las materias que no responden a lo previsto en la Constitución española. Éste es un procedimiento normal previsto en el ordenamiento español y ejercido de forma habitual. Lo malo de todo esto es que puede haber una norma aprobada que contenga decisiones contrarias a la Constitución y, si ninguna institución de las previstas lo plantea, esa norma sigue existiendo y se aplica a todos los efectos. Para que esto no suceda, la Administración del Estado siempre ha tenido organismos dedicados exclusivamente a revisar todas las iniciativas legislativas emanadas de las comunidades autónomas para comprobar su adaptación a la Constitución. Son entidades como la actual Secretaría General de Cooperación Territorial, del Ministerio de Administraciones Públicas, que siempre han interpuesto recursos ante el Constitucional por cuestiones autonómicas. El trámite es tan normal que incluso muchos políticos, catalanes o no, favorables a su Estatuto, han declarado en muchas ocasiones que las decisiones del Constitucional no tienen más problema, que se adaptan los artículos o los conceptos a lo que dictamine el alto tribunal, como se hace con todas las normas, y aquí no pasa nada. Sin embargo, por el camino, el problema se ha traspasado a la composición del tribunal, a la posible decisión que dividiría a su s miembros, la posible influencia de los partidos políticos en los jueces. Se afirma que el tribunal responde a planteamientos políticos. Incluso se habla de su conjunto como si fueran miembros de un partido político, los del PP, los del PSOE. Es como si por el hecho de que un miembro del Constitucional fuera nombrado a propuesta de un partido tuviera que responder ciegamente a las directrices políticas de ese partido a la hora de juzgar una causa. Si esto fuera así nos habríamos cargado el valor del tribunal. Habría que buscar una nueva forma de designación que no quedase infectada por planteamientos de partidos políticos. Por último, no creo que nadie piense que tan alta instancia va a invalidar la totalidad del texto. Por lo tanto, el Estatuto catalán no está en peligro; quizás están en peligro algunos artículos que son resultado de pactos políticos previos. Pero los pactos políticos también son efímeros y acaban olvidándose, lo importante es el respeto a la Constitución vigente, o la propuesta de su modificación previa, como ahora reconoce el propio Maragall.