España no es Holanda

La Voz TRIBUNA

OPINIÓN

04 feb 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

E l anuncio de la reina Beatriz de Holanda de la decisión de abdicar a favor de su hijo, el actual príncipe Guillermo, ha reabierto un debate en algunos medios de comunicación y en ciertos sectores de la sociedad española acerca de la conveniencia de adelantar el proceso de acceso de los príncipes herederos a la jefatura del Estado en las monarquías parlamentarias europeas. El alargamiento de la expectativa de vida de los monarcas reinantes, y la cada vez más tardía edad de llegada al trono de los herederos a la Corona, hacen que la abdicación adquiera hoy una dimensión desconocida no hace demasiado.

Pero siendo esto cierto, hay precisiones importantes que realizar. Las monarquías parlamentarias se justifican en los vigentes regímenes constitucionales por dos razones principales. Primera, por dejar fuera de la refriega política, au-dessus de la mêlée, a la mismísima jefatura del Estado. El monarca se erige así en un poder neutral, en un poder moderador que, como apunta la propia Constitución española de 1978, despliega funciones de arbitraje y moderación respecto del funcionamiento regular de los demás poderes del Estado. Y, segunda, y esta es la consustancial caracterización de la forma de gobierno monárquica frente a la republicana, porque asegura la más ordinaria, sosegada y tranquila transmisión del poder político en la cúspide de la propia organización estatal.

En este contexto, las abdicaciones son una excepción al devenir ordinario en la sucesión en las jefaturas del Estado monárquicas. Incluso podríamos afirmar, sin ánimo peyorativo, que las abdicaciones son, de algún modo, una patología en los procesos de acceso al trono. Por más que, y esto es lo que acontece en Holanda, cada país termine por establecer a lo largo del tiempo sus costumbres constitucionales propias. En este sentido, el país de los tulipanes ha fijado una cierta convención constitucional: los últimos monarcas holandeses, al llegar a una cierta edad, en el caso de la reina Beatriz los setenta y cinco años, abdican en favor de sus legítimos herederos. Antes lo habían hecho las reinas Guillermina y Juliana. Una práctica que también se encuentra asentada en Luxemburgo, donde la gran duquesa Carlota y el gran duque Juan abdicaban asimismo en su día. Pero, obvio es decirlo, esto no cambia la teoría general en materia sucesoria, ni tampoco es extrapolable a la monarquía española. Ni a la monarquía por excelencia: la británica. La reina Victoria fallecía con ochenta y un años, y la reina Isabel tiene hoy ochenta y cinco. Ambas en el trono.

En España no hay tradición de abdicaciones por parte de los monarcas reinantes. Y algo más significativo todavía: en la historia constitucional española las abdicaciones han estado siempre ligadas a situaciones de excepcionalidad política, y hasta de gran controversia y desgracia. Tales fueron los casos de la abdicación de Felipe V en su hijo Luis I, y las de Carlos IV y Fernando VII en Napoleón. Así que tenía razón Luis María Anson cuando señalaba que don Juan Carlos abdicará al cumplir los cien años.