De siempre, la ley «es la regla de derecho dictada reflexivamente y en forma solemne por la autoridad legítima del Estado». No parece, sin embargo, que estas notas convengan a las normas legales para el tráfico, nada perdurables.
Es primero el rumor: pronto se modificarán las reglas sobre la velocidad de los vehículos, para limitar la velocidad máxima de ellos a 90 km/h en carreteras convencionales -y aún a menos en vías de cierta precariedad-. El argumento no es otro que la incidencia de accidentes mortales de tráfico en tal clase de carreteras.
Desde luego que sorprende la ligereza con que se abordan las reformas de las normas de tráfico. El consiguiente cambio de señalización conllevará un gasto importante. Los conductores deberán cambiar sus hábitos. Los resultados, inciertos. ¿No sería más sencillo y cercano al derecho un programa de vigilancia del tráfico extenso, intenso, constante?