Aforamiento y auto

OPINIÓN

30 jun 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

U na rápida ojeada a las instituciones sobre las que se basa la estructura de nuestro Estado democrático no resulta alentadora. Partidos políticos, sindicatos, Justicia aparecen con frecuencia implicados en actuaciones que no responden a lo que de ellos demanda la Constitución y exigen los ciudadanos. En ese contexto, la abdicación del rey Juan Carlos I podría interpretarse como una invitación a la ejemplaridad, recordada por su hijo en la proclamación como rey. La oportunidad de aquella se ha visto confirmada por el auto del juez imputando a la infanta Cristina. No tiene el mismo significado ser hermana que hija del rey. Es innegable que la personalidad de la infanta y, por tanto, de su marido ha influido en el tratamiento mediático del proceso. En realidad, debiera conocerse como el asunto Torres, que por su cualificación profesional, sería el artífice del andamiaje jurídico-empresarial al que Urdangarin había prestado su condición personal. Cualquiera que sea el final del juicio, el daño a la Corona se había producido y de ello don Juan Carlos ha querido dejar libre a su hijo.

La resolución judicial quedará contaminada para la opinión pública. La condena penal se basa no en una convicción, sino en la prueba ajustada a lo que el Derecho dice, y existen formalidades procesales que han de cumplirse. Todo ello al servicio de la seguridad jurídica en la que descansa la confianza en los jueces. Lo que se imputa a una persona ha de estar suficientemente probado. La exposición del juez instructor y del fiscal ha de realizarse de acuerdo con las funciones que tienen atribuidas, sin que en ella se trasluzcan opiniones personales ajenas al asunto. No digo que no se haya procedido así; pero las actuaciones han dado pie para que en la opinión publica hayan podido ser entendidas de otra manera. Simplificando, el instructor aparece como un acusador y el fiscal, defensor de la ley, como un abogado.

La abdicación ha planteado de un modo natural la cuestión del aforamiento del rey, que ha perdido su invulnerabilidad constitucional, de manera que las cuestiones judiciales que puedan plantearse en el futuro sean vistas en el Tribunal Supremo. Alguna suspicacia por esa atribución sugiere una prevención ciudadana sobre la implicación de los partidos políticos en el nombramiento de los magistrados.

La fórmula elegida es eficaz para cerrar una etapa. Criticada; pero ninguno de los gobiernos de nuestra democracia puede tirar la primera piedra. Existen y han existido leyes con preceptos que nada tienen que ver con su objeto. Pudo haberse abordado mucho antes. Nadie vio su necesidad. Ha surgido ahora. Resulta preocupante que el PSOE, que ha gobernado más tiempo que ningún otro, se ampare en una cuestión formal. El asunto es claro: sí o no al aforamiento. La abstención es impropia de un partido que ha sido Gobierno con el rey Juan Carlos y que aspira a ser Gobierno. Solo se explica por la situación actual de indefinición, sin líder, que atraviesa.