Dos por provincia, un pacto para perder

Jaime Miquel
Jaime Miquel LÍNEA ABIERTA

OPINIÓN

BENITO ORDOÑEZ

23 ago 2017 . Actualizado a las 07:41 h.

Sabemos que Unidos Podemos necesita 2,5 puntos de votos válidos de ventaja sobre el PSOE para empatar en escaños en unas elecciones generales, aunque no sabemos muy bien por qué. También sabemos que el 26 de junio del 2016 el PP se impuso en treinta y nueve circunscripciones y perdió en trece: las tres vascas, las cuatro catalanas y otras seis donde ganó el PSOE, que son Badajoz, Huelva, Cádiz, Sevilla, Córdoba y Jaén. El PP sumó 7,9 millones de votos, el 33,0 % de los válidos, pero este resultado les proporcionó 137 escaños, el 39,1 % del hemiciclo y veintidós más que los proporcionales (115). Sabemos que el que gana tiene esa prima y lo explicamos con la idea general de que se beneficia de la ley D'Hont en el reparto de los escaños. No es cierto, la ley D’Hont no interviene o se hace proporcional en circunscripciones como Madrid (36), porque se eligen muchos representantes, pero tampoco interviene en Soria (2) o en Palencia (3), porque se eligen pocos y no hay nada repartir.

El factor principal que explica las primas que consigue la lista más votada en unas elecciones generales es otro que fue concebido para eliminar cualquier posibilidad de éxito de la izquierda en las constituyentes de 1977. La ley rectora de aquellas elecciones produjo que los partidos de la derecha -UCD (166), AP (16) y dos independientes-, sumaran 184 escaños por 143 del lado izquierdo, que son los del PSOE (118), el PCE (19) y el PSP (6), cuando este resultado sería de 160 escaños en el lado derecho por 162 en el izquierdo si aplicamos la ley mediante la que elegimos los eurodiputados. Concibieron una ley para que el régimen reformista ganase las elecciones o para que no las ganase la izquierda, que es lo mismo, porque de otro modo no habría sido posible lo que conocemos como la transición política.

El artículo 68.2 de la Constitución, que es relativo a las Cortes Generales, establece que todas las provincias españolas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla tendrán representación en el Congreso de los Diputados. La ley rectora de los comicios de 1977 y la actual Loreg, fijan esta representación en dos diputados por provincia y uno para cada ciudad autónoma, lo que suma 102 actas. Los 248 escaños restantes se asignan de modo proporcional a la población de derecho de cada provincia. De este modo, las comunidades autónomas con muchas provincias poco pobladas reparten necesariamente más escaños que los proporcionales, como es el caso de Castilla y León, que contribuye al Congreso de los Diputados con 14 escaños más que los proporcionales a su población; lo contrario de lo que sucede con Madrid, donde faltan doce actas para su peso poblacional.

Cada vez que votamos en las elecciones generales elegimos treinta escaños desplazados de las circunscripciones donde ganaba la izquierda, en el año 1977, hacia otras donde lo hizo la derecha. Un pacto para perder que se produjo en la misma ley rectora, antes de que votase la gente. Y por esto los complejos; y de esos polvos, estos lodos.