La debacle del legislador español

Carlos del Pino Luque ABOGADO TRIBUTARISTA Y SOCIO EN PIN Y DEL PINO ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIUOS

OPINIÓN

29 ene 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Es curioso, pero así es, que lo extraordinario se acabe convirtiendo en habitual. Efectivamente, esto es lo que sucede en España: es habitual que cada poco tiempo se acaben declarando inconstitucionales o contrarios al derecho de la Unión impuestos, obligaciones y, en definitiva, normas que nacieron ya con esa mácula que finalmente acabaría consigo mismas.

Tras asuntos tan relevantes como el del vulgarmente llamado céntimo sanitario o la plusvalía municipal, sobre la que aún no se ha escrito su última página, ahora le ha tocado seguir el mismo camino a la declaración de bienes en extranjero (modelo 720), colofón de todos los despropósitos acometidos por el exministro Cristóbal Montoro.

No siendo este el lugar para analizar el contenido de la Sentencia del TJUE, solo me gustaría destacar que la consecuencia directa de esta sentencia no es otra que la de considerar que la configuración actual del modelo 720 es contraria al Derecho de la Unión. Así, en la medida en que no se han limitado los efectos temporales de aplicación de la sentencia, la obligación y todo de lo que haya derivado de ella debe ser objeto de restitución. Es decir, cualquier regularización, sanción, etcétera, ingresada cuya causa haya sido el cumplimiento erróneo o extemporáneo, el incumplimiento de la declaración de bienes en el extranjero o la imputación de un incremento no justificado de patrimonio con la finalidad de evitar el régimen sancionador ahora proscrito deberá ser restituido por el Estado español de forma tal que el sujeto afectado se quede exactamente igual que estaba antes de haber sufrido el daño derivado de la aplicación de la norma.

Sin género de duda alguno sobre la vía que ahora tienen los sujetos que hayan padecido el régimen sancionador de las declaraciones de bienes en el extranjero, lo cual supondrá un importante nuevo agujero en las arcas del Estado, cabe preguntarse cuántas veces más han de pasar acontecimientos como este para que, de una vez por todas, nuestro legislador deje de ser responsable directo de los daños causados a los contribuyentes y pase a ser garante de la seguridad jurídica, con escrupuloso respeto a la Constitución y el Derecho de la Unión Europea.

A buen seguro que, si además de responder el Consejo de Ministros como tal, respondieran también los miembros que lo componen, estaríamos hablando ahora de otra cosa. Lo cierto, y triste al mismo tiempo, es que, aunque el responsable directo es el Consejo de Ministros, parapeto de las personas que lo componen, finalmente seremos los contribuyentes los que sufragaremos vía impuestos las millonarias devoluciones que el Estado realizará a todos aquellos sujetos afectados que hagan valer su derecho; mientras que los parapetados apenas pestañearán cuando ello suceda, pues la responsabilidad personal y directa en el mal ejercicio de dicho cargo es una nota ajena al cargo en sí.