Medidas provisionales

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

Diego Radamés | EUROPAPRESS

07 jun 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Las medidas provisionales son aquellas resoluciones judiciales que un juez adopta temporalmente durante la sustanciación de un procedimiento de familia. Tienen como objetivo regular la situación familiar urgente y provisionalmente hasta que se dicte la sentencia definitiva. Las medidas suelen recoger las pensiones por alimentos, régimen de visitas del no custodio, uso de la vivienda y, fundamentalmente, la guarda y custodia de los hijos menores. Hasta aquí, el remedio ideal para solucionar una situación en la cual la convivencia entre la pareja resulta imposible. ¿Puede surgir algún problema tras ser dictado este auto no recurrible? Sí, existe, y bien grande. Cuando sea la vista del procedimiento principal, las dos, o una de las partes, pedirá la elaboración de un informe psicosocial de los miembros de la familia, salvo de los que carezcan de suficiente juicio, por parte de un equipo formado por un psicólogo y un trabajador social adscrito al juzgado en cuestión. Y ese informe suele tardar entre año y año y medio, por lo cual las medidas provisionales a todos los progenitores no custodios, más que provisionales les parecen eternas. Esto se arregla invirtiendo en la creación de más equipos psicosociales.