
Vaya por delante que no es mi caso. Veo a mi único nieto cuantas veces quiero. Pero esa no es la situación de tantos abuelos que tras el divorcio de sus hijos, si este es excesivamente contencioso, puede darse el caso de que se vean obligados a dejar de verlos durante largas temporadas. Tras criarlos los primeros años, los padres de la criatura rompen su relación y algunos abuelos, que no todos, no tienen otra solución que tirar de móvil y mirar con cruel nostalgia las fotos de aquellos niños que lo fueron todo para ellos. ¿Ofrece el derecho alguna solución para paliar esta situación? Efectivamente, el Código Civil reconoce que los abuelos tienen el derecho a mantener relaciones personales con sus nietos, lo que implica que los padres no pueden impedir, sin una causa justificada, las relaciones entre abuelos y nietos. Pero, caso de que haya obstaculización por alguno de los progenitores del niño, hay que solicitarlo al juzgado, esperar los tiempos procesales y no hacerse uno demasiadas esperanzas, pues el tiempo que se les permitirá estar con ellos no es para echar cohetes. Es lo que hay. Como las lentejas. Si las quieres las tomas y si no las dejas. Debería legislarse urgentemente al respecto.