La Audiencia de Ourense, comprensiva ante el retraso de una menor en denunciar abusos sexuales: «A menudo la vergüenza atenaza»

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Imagen de archivo del edificio de la Audiencia Provincial de Ourense
Imagen de archivo del edificio de la Audiencia Provincial de Ourense M. FERNÁNDEZ

Los jueces condenan al hermanastro de la víctima a treinta meses de prisión por haberla sometida a tocamientos durante un año y medio

08 feb 2024 . Actualizado a las 15:22 h.

Menos de una semana ha tardado el tribunal de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense en dictar sentencia en relación a un caso de abusos sexuales. Los jueces han visto creíble el testimonio de la denunciante, que aseguró que su hermanastro la había sometido a diversos tocamientos, imponiendo al agresor una condena de dos años y medio de prisión.

La menor tenía 13 años. Sus padres estaban separados y tenían la custodia compartida, registrándose los abusos cuando la víctima pasaba una semana en casa de su progenitor. Este tenía una nueva novia y ella un hijo de 17 años, ahora condenado por unos hechos que, según ha quedado probado, se prolongaron desde principios del 2021 hasta mediados del 2022. «Aprovechando algunas de las veces en las que la menor se encontraba en el cuarto de baño, el condenado entró tras ella y, con ánimo libidinoso, le tocó los pechos, los glúteos y la zona genital por encima de la ropa», recoge la sentencia, en la que los magistrados dan cuenta de la «rotundidad y perseverancia» del testimonio de la niña.

Así, tildan su relato de «claro, reiterado y digno de crédito» y destacan que está corroborado por las pruebas periciales y testificales practicadas. Entre esas evidencias se encuentra un vídeo que grabó la propia joven y que se exhibió en la vista. Esa grabación demuestra, según los togados, que la menor no consentía lo que estaba sufriendo, echando así por tierra lo que alegó el acusado.

«Emerge con claridad la negativa a aceptar tales tocamientos», señalan los togados, que también entienden que la menor tardara en denunciar. «A menudo la vergüenza atenaza, en casos como el presente, el ánimo de la víctima por lo que se representa como un calvario judicial y por ser identificada y señalada por sus compañeras de estudios y familia», dice el fallo. Al acusado se le aplica una atenuante de reparación del daño, ya que entregó a la víctima una cantidad económica antes de la vista. Los togados dan cuenta del esfuerzo que ha supuesto al autor de los hechos abonar ese dinero, al ser un estudiante de 19 años. 

Además de la pena de prisión como autor de un delito continuado de abuso sexual a menor, el tribunal ha impuesto al condenado la prohibición de acercarse a menos de 250 metros del domicilio, lugar de estudios o lugar en que se encuentre la menor, así como de comunicarse con ella durante tres años. En concepto de responsabilidad civil, deberá abonarle a la madre de la víctima 5.000 euros por el daño moral causado.