Modificó un patinete eléctrico para ir a 76 por hora y lo pillaron circulando sin autorización por una calle de Ourense

La Voz OURENSE / LA VOZ

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Imagen de archivo de un usuario de un patinete eléctrico
Imagen de archivo de un usuario de un patinete eléctrico CAPOTILLO

El hombre ha sido condenado por un delito contra la seguridad vial

14 oct 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Sesenta días de trabajos en beneficio de la comunidad y la obligación de abonar las costas del proceso judicial. Son las consecuencias penales que tendrá que afrontar un hombre que ha sido condenado por un delito contra la seguridad vial. El reproche penal es consecuencia de haber manipulado un patinete eléctrico para que su velocidad se triplicase, convirtiéndolo así en un vehículo para el que se precisaba de una autorización de la que él carecía.

El asunto se remonta al 26 de marzo del 2022. Agentes de Policía Local de Ourense interceptaron en la calle Isaac Piñeiro de la capital a un hombre que parecía ir demasiado deprisa con el vehículo de dos ruedas. Le dieron el alto, comprobando enseguida que el patinete había sido trucado. Así, se trataba de un modelo que venía preparado para alcanzar una velocidad de 25 kilómetros por hora, pero tras varias manipulaciones podía llegar hasta los 76,3. En aquellas fechas en la capital ya estaba vigente la normativa que limita la velocidad de los vehículos a 30 kilómetros por hora, salvo en calles de doble carril, en las que se fija en un máximo de 50.

No era la primera vez que el hombre tenía problemas de tráfico. Así, los agentes descubrieron que en el año 2018 ya había sido condenado por un juzgado de instrucción de la ciudad de As Burgas por un delito de conducción sin permiso. Dos años después otra sala de la capital volvió a emitir sentencia en su contra por la misma conducta.

Así que ahora este sospechoso afronta el tercer reproche penal. En el juicio, celebrado en el Juzgado de lo Penal 1 de la capital, el acusado admitió los hechos y llegó a un acuerdo con la Fiscalía, que le aplica la circunstancia agravante de reincidencia.

La sentencia, sobre la que ya no cabe recurso alguno, da por probado que Alejandro V. C. no estaba legalmente habilitado para conducir el patinete eléctrico, «al no haber obtenido nunca la autorización administrativa habilitante». Advierte la resolución que al estar modificado el vehículo para alcanzar una velocidad superior a los 25 kilómetros por hora, se debe considerar como un ciclomotor de dos ruedas. Para utilizarlo se necesita un permiso, que el investigado en este asunto no tenía.

Otro delincuente vial

Y en este mismo juzgado ha sido condenado otro conductor que también acumula ya varias sentencias por ponerse al volante de turismos a pesar de que tiene el permiso de conducir retirado.

Se trata de Pablo I. G., que el pasado mes de julio fue localizado por la Guardia Civil en una carretera de Amoeiro. Los agentes le dieron el alto y le solicitaron la documentación, descubriendo que estaba privado del carné hasta el año 2031. Esa medida había sido el resultado de al menos cinco sentencias previas, algunas de ellas por conducir bajo los efectos del alcohol y otras por no respetar la prohibición de pilotar vehículos a motor. Ante tal situación de reincidencia la magistrada ha optado por imponerle ahora una condena de seis meses de prisión.