La Fiscalía cree que Jácome vulnera la Constitución con su forma de dirigir los plenos en Ourense

Miguel Ascón Belver
Miguel Ascón OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Imagen de archivo de un pleno en el Concello de Ourense.
Imagen de archivo de un pleno en el Concello de Ourense. Santi M. Amil

Las «continuas interrupciones y comentarios» del alcalde afectan a los derechos fundamentales de la portavoz del PSOE, concluye la fiscala

06 feb 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

El alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, tiene un modo peculiar de dirigir los plenos municipales. Interrumpe constantemente a los portavoces de la oposición e interviene sin límite de tiempo siempre que lo desea. Cansada de ello, Natalia González, del PSOE, decidió pedir amparo judicial y la Fiscalía le da la razón al entender que el regidor ourensano vulnera los derechos fundamentales que la Constitución confiere a los concejales.

La portavoz socialista presentó un recurso contencioso-administrativo tras el pleno extraordinario celebrado el día 26 de octubre del año pasado. En aquella sesión, durante la que se debatieron varias modificaciones presupuestarias, el alcalde interrumpió en repetidas ocasiones a González e incluso le retiró la palabra. El recurso presentado por ella fue admitido a trámite por el Juzgado contencioso-administrativo número uno de Ourense, que dio traslado a la Fiscalía para que informase al respecto.

La fiscala encargada de analizar el caso recuerda que, según el reglamento de organización y funcionamiento de las entidades locales (ROF), corresponde al alcalde dirigir el debate del pleno, pero lo que se plantea es si se excedió en sus funciones o no. Y la conclusión a la que llega es la siguiente: «Las continuas interrupciones y comentarios realizados por el alcalde durante las intervenciones realizadas por la concejala demandante suponen constreñir el derecho de participación de la misma, dejando vacío de contenido y reducido a un puro formalismo el derecho a participar en los debates a través de los cuales los concejales ejercen su derecho de crítica a la postura del grupo mayoritario para que quede constancia de sus criterios y su función de control y fiscalización».

Por ello, la fiscala considera que el alcalde ha vulnerado el artículo 23 de la Constitución española y ahora la continuación del procedimiento queda en manos del juzgado.

En todos las sesiones plenarias

Natalia González denunció el caso tras el pleno extraordinario del día 26 de octubre del año pasado, que fue especialmente polémico porque el alcalde retiró la palabra a varios miembros de la oposición durante el debate de las modificaciones presupuestarias que proponía el gobierno local, entre ellas, una para incrementar la partida de la Concejalía de Artes y Festejos. En cualquier caso, los grupos políticos denuncian que las interrupciones del alcalde son constantes en todas las sesiones plenarias. Jácome corta con frecuencia las intervenciones de la oposición y él habla sin atender a turnos y sin límite de tiempo. Ante las críticas, el regidor responde que la ley le otorga la dirección del pleno y considera que eso le da libertad para actuar así.