Condenan a un joven ourensano a ocho meses de cárcel por maltratar a su pareja para atajar su personalidad «machista, celosa y totalmente controladora»

Fina Ulloa
Fina Ulloa OURENSE

OURENSE

El caso fue visto en los Juzgados de Ourense a principios de julio
El caso fue visto en los Juzgados de Ourense a principios de julio

La sentencia reconoce que no es habitual dictar prisión para una persona que no tiene antecedentes de condenas anteriores, pero lo considera «indispensable» para que reciba formación

03 ago 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Practicamente no hay día en los juzgados ourensanos sin que en alguna de sus salas se vea algún caso de violencia de género. A diario se dictan sentencias por malos tratos que, según el artículo 153.1 del Código Penal (y al margen de otras medidas como las de alejamiento de la víctima) pueden ser sancionados con la imposición de pena de seis meses a un año de prisión o con la realización de trabajos en beneficio de la comunidad cuya duración puede oscilar entre los 31 y los 80 días. Lo habitual suele ser encontrar esta segunda opción en la mayoría de los fallos, especialmente si la persona agresora no tiene antecedentes de condenas anteriores por este tipo delitos. Así lo reconoce la magistrada titular del Juzgado de lo Penal 2 de Ourense en la exposición de la sentencia que ha dictado contra un joven de 24 años. Le impone ocho meses de prisión, además de privarle del derecho a tenencia y porte de armas por tres años y prohibirle acercarse o contactar con su víctima durante el mismo tiempo. «No podemos dejar de mencionar que es la primera vez, en nuestro ejercicio profesional, que consideramos absolutamente necesario e indispensable optar por imponer pena de prisión, pese a que el tipo penal contempla también pena de trabajos en beneficio de al comunidad y el acusado reúne la condición de delincuente primario», dice la jueza que, no obstante, reconoce ser consciente de que en la fase de ejecución se valorará la posibilidad de conceder el beneficio de la suspensión de la pena. Explica que, a su juicio, optar por imponer una pena de privación de libertad para este joven ourensano «es la única forma de poder garantizar que el acusado recibe una formación en materia de violencia de género que permita atajar los preocupantes datos» de su personalidad.

Y es que, además del maltrato infringido a la víctima y que quedó demostrado en la vista de la causa, los mensajes que enviaba este joven reflejan «una personalidad totalmente machista, celosa y controladora que brota tan pronto como no se atiende a sus requerimientos», apunta en la sentencia, en la que también se hace constar que tiene «nula conciencia de su problemática». Esto último sorprende a la magistrada «teniendo en cuenta que es una persona muy joven, lo que presupone que ha recibido una educación de respeto a los derechos de la mujer que, por lo que se ve, no  ha calado en él».

El caso juzgado arranca de un suceso ocurrido el 10 de marzo del 2023, fecha en la que el acusado y la víctima regresaban a casa tras haber salido con un amigo y comenzaron a discutir porque a entender del joven ella no valoraba las cosas que hacía por ella. La disputa fue a más y tras advertirle la mujer que si la volvía a agredir como en otra ocasión anterior, lo contaría, él le propinó varios puñetazos en la cara causándole «un traumatismo ocular, facial y orbitario izquierdo», según el parte de lesiones.

El chico fue detenido por la policía que le imputó un delito de violencia de género, aunque él intentó demostrar durante el juicio que no había relación alguna entre ambos aludiendo a que tenía novia desde hacía tres años. Así era, y de hecho esa otra joven lo reconoció en su declaración y lo corroboraron otros testigos, pero se demostró que mantenía una relación sentimental paralela con la agredida desde varios meses antes al episodio que dio pie a la denuncia. Las fotos (algunas en su dormitorio), los testimonios y los mensajes intercambiados entre ambos confirmaron tanto esa relación como el tono y las reacciones que tenía el varón cuando veía contrariados sus deseos. El primer episodio violento sucedió cuando la chica le contó que se iba a ir a estudiar fuera. La cosa fue a peor con el paso de las semanas, especialmente cuando ella empezó a percatarse de su carácter e intentó poner fin a la relación. En la narración de lo que fueron esos meses de intimidad hay desde insultos a agresiones que terminaban con escupitajos o con un beso en la frente, pasando por maniobras controladoras que afectaban a aspectos como la forma de vestir de la joven o intentaban limitar sus movimientos sociales o con quién se relacionaba. «Como me meta contigo vas a llorar, háblame porque te vas a arrepentir luego», es una de las amenazas que aparecen registradas en el sumario, que también recoge otras frases que son indicadoras de la mentalidad del joven. «Si, que seas una cualquiera que te interesan todos porque andas conmigo y andas buscando seguir a chavos que ni te siguen»; «Si me bloqueas voy a pensar que eres una puta. Las cosas son como son. Que me bloqueas para irte de fiesta y liarte con 20», o «No me dices de qué es el disfraz. Será porque es de putañera», son algunos de los mensajes. 

«Hemos visto casos y casos de violencia de género a lo largo de nuestro periplo profesional, pero hemos de reconocer con sinceridad que este nos resulta especialmente impactante por todas las circunstancias que lo rodean y no queremos ni imaginar qué ocurriría si la relación hubiera durado más tiempo, pues, en tan solo tres meses y cuando se supone que es el momento más álgido (de la misma), lo que se aprecia es verdaderamente preocupante», dice la magistrada. La jueza recuerda que solo la paliza del 10 de marzo que dio origen a la denuncia «tiene gravedad suficiente como para considerar que no es merecedor el acusado de la imposición de pena de trabajos en beneficio de la comunidad, pues no sería proporcional ni retribuiría debidamente el hecho cometido».