
El tribunal de Ourense descarta la prisión permanente revisable porque uno de los crímenes no se consumó y ve aplicable una circunstancia atenuante derivada de la esquizofrenia que padece Diego Rodríguez
27 nov 2024 . Actualizado a las 16:37 h.Cuando atacó salvajemente a sus vecinos con un cuchillo, matando a una joven de 22 años y dejando gravemente herido a su novio, Diego Rodríguez Torres sabía lo que hacía. A pesar de que años antes se le había diagnosticado una esquizofrenia paranoide, aquella madrugada del 19 de febrero no tenía sus facultades anuladas ni estaba bajo un brote psicótico. Así lo han entendido los integrantes del tribunal encargado de dirimir la responsabilidad del acusado del crimen de Velle.
Menos de siete horas después de empezar las deliberaciones en la Audiencia Provincial de Ourense, los ciudadanos llegaron a un veredicto que coincide con la tesis que había planteado la Fiscalía. Consideran que Diego es culpable de dos delitos de asesinato, uno de ellos en grado de tentativa, cometidos de forma planificada y sorpresiva sobre una pareja que dormía en su vivienda cuando el acusado llamó a su puerta. Eso sí, tras escuchar a varios médicos que han tratado al acusado en los últimos años, ven también acreditado que sus facultades estaban alteradas y creen que esto debe ser tenido en cuenta para rebajar ligeramente la pena de privación de libertad.
La decisión del jurado echa por tierra las aspiraciones de la defensa, que consideraba al acusado como un enfermo mental que cometió los crímenes estando «fuera de la realidad». Tampoco concuerda su decisión con la tesis de las dos acusaciones particulares. Así, el veredicto deja fuera de la ecuación la posibilidad de que el asesino pueda ser condenado a prisión permanente revisable, como habían planteado las dos acusaciones particulares. Solo podría aplicarse esa pena máxima si se considerase que lo ocurrido fueron dos asesinatos, y esto no quedó probado. Tampoco se acreditó que aquella madrugada del 19 de febrero del 2021 Diego tuviera «intactas» sus facultades psicofísicas, como planteaban las víctimas.
Los jurados, cuatro hombres y cinco mujeres, trabajaron sobre un objeto del veredicto que constaba de 18 cuestiones. La primera recogía la secuencia de hechos de la noche del crimen. Quedó acreditado, por unanimidad, que Diego salió de su casa a las cuatro y media de la madrugada «con la intención de acabar con la vida de su primo y de su pareja», para lo cual cogió un cuchillo de cocina. Le dijo a su madre que iba a «matar unos conejos» y la dejó encerrada dentro, saltando luego el muro que separaba su casa de la de las víctimas, en el barrio ourensano de Velle, y llamando a su puerta. Gritó «abre, abre» y en cuanto vio a su primo, Álvaro Blanco, se abalanzó sobre él «clavándole el cuchillo repetidamente y por diversas partes del cuerpo».
Enseguida apareció en escena Ana Balboa, que le pidió que parara. «Déjalo, que ya lo mataste, y coge lo que quieras» le dijo, antes de ser atacada ella también. Recibió dos puñaladas profundas en el cuello y el tórax que le provocaron la muerte, pero el agresor siguió causándole cortes por todo el cuerpo. El forense contó 28 lesiones, sin embargo el tribunal no cree que actuara con ensañamiento. Por mayoría de ocho votos, los jurados no entendieron que la «reiteración de cuchilladas» obedeciera a un deseo de causar más dolor y sufrimiento a la víctima.
Sí quedó probado, por unanimidad, que tras cometer el crimen el asesino volvió a su casa, se deshizo del arma y mantuvo una conversación con la central de alarmas, tras sonar la de su casa. Ya dentro de la vivienda, se cambió de ropa y tiró las prendas manchadas a la papelera.
La presidenta del tribunal explicó que para la decisión se había tenido en cuenta, sobre todo, la declaración del superviviente. Se desmayó al ser acuchillado, pero volvió en sí cuando el asesino ya se había ido y pudo llamar a su padre. Por si no sobrevivía, escribió en el suelo y con su sangre el nombre de Diego.
Con este veredicto, la presidenta del tribunal debe ahora dictar sentencia. Se piden penas de prisión que van desde los 24 a los 40 años e indemnizaciones que superan el medio millón de euros.