Un magistrado de Ourense valida el despido de una trabajadora que hacía «equilibrio de chakras» por 30 euros mientras estaba de baja por ansiedad

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Fachada principal del edificio judicial de Ourense, donde están los juzgados penales
Fachada principal del edificio judicial de Ourense, donde están los juzgados penales Santi M. Amil

Un detective privado descubrió que la psicopedagoga desarrollaba otra labor profesional por la que percibía ingresos económicos

23 abr 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Su despido fue procedente porque estando de baja realizó una actividad lucrativa pública incompatible con su situación. Con este argumento valida el titular del Juzgado de lo Social dos de Ourense la desvinculación laboral de una psicopedagoga que, tras coger una baja por ansiedad en la entidad en la que prestaba servicios, se dedicó a hacer otras tareas profesionales como equilibrio de chakras o sanación emocional, por las que cobraba. A pesar de que en el juicio se cuestionó la actuación de la empresa, que contrató a un detective privado para que investigara las actividades de la protagonista, el magistrado considera que actuó correctamente y valida su decisión de acordar la máxima sanción.

La trabajadora, que presentó demanda para tratar de revocar su cese, prestaba servicios para una asociación sin ánimo de lucro desde el año 2009, realizando labores como formación continua de personas con discapacidad o desarrollo de actividades psicoeducativas. El 8 de octubre del 2024 causó baja médica por padecer «un cuadro de ansiedad en relación con el estrés del trabajo», si bien apenas unas semanas después la responsable de recursos humanos supo por otros compañeros que la mujer tenía una página web que se publicitaba en redes sociales en la que ofertaba tratamientos de bienestar. Pronto sus empleadores, que estaban cotizando por ella, descubrieron que ofertaba limpiezas energéticas, equilibrio de chakras o sanación emocional, con una tarifa de 30 euros. Sus servicios también incluían el branding energético, una modalidad para empresas, por 50 euros.

Pero no la despidieron entonces. Decidieron contratar una empresa de detectives privados para corroborar que la suya era una baja fraudulenta. Uno de ellos se hizo pasar por un cliente y contactó con la trabajadora, reservando una cita para una consulta. El profesional constató que desde el primer momento era ella la que se encargaba de ofrecer toda la información, incluyendo los modos de pago. En la web, además, aparecía su propia foto. El detective contrató una limpieza energética a distancia que se realizó el 13 de noviembre por la que abonó 30 euros. Días después la mujer le envió una nota de voz con los resultados del tratamiento de purificación, anunciándole un posterior informe más detallado.

«La medida adoptada por la empresa es idónea, necesaria y proporcional, con el fin de comprobar la actividad desarrollada por la trabajadora», dice la resolución, que avala la decisión que tomó la sociedad para demostrar las actividades profesionales de la empleada, una conducta que fue cuestionada en el juicio por la afectada. El juez cree que ante la sospecha de que se estaba cometiendo una «falta muy grave de transgresión de la mala fe contractual», no quedaba otro camino.

Y también aprueba el magistrado la decisión posterior del despido, al ver indicios de que la trabajadora se encontraba en perfecto estado para su ocupación. «Según evidencia la labor lucrativa que realizaba, es claro que su dolencia no le impedía trabajar», resalta en la sentencia, en la que se recuerda que atendía a sus clientes en horario de 10.00 a 13.00 horas y que hacía informes de hasta nueve páginas con un discurso «perfectamente racional y coherente». El fallo se puede recurrir al TSXG.