Absuelven de abandono de familia a un padre que alegó en Ourense no tener ingresos suficientes para ocuparse de la pensión de su hija

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE CIUDAD

Edificio de los juzgados de Ourense
Edificio de los juzgados de Ourense Santi M. Amil

La magistrada valora que el investigado ha tenido que pedir ayuda a sus allegados por sus problemas económicos

16 ene 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

«No ha podido probarse que, en el período aquí enjuiciado, el acusado hubiese tenido ingresos económicos con los que hacer frente al pago de la pensión alimenticia». Con este argumento absuelve la magistrada del Juzgado de lo Penal 2 de Ourense a un hombre que, así lo dijo él mismo en el juicio, nunca ha pagado la pensión de su hija. A pesar de que, tras la denuncia de su exmujer, la Fiscalía provincial le imputaba un delito de abandono de familia por el que reclamaba una condena de un año de prisión y casi 15.000 euros en concepto de atrasos, el hombre ha sido exonerado debido a su escasa capacidad económica.

El caso se remontaba al mes de febrero del año 2016. La pareja se separó en esa fecha y una sentencia de divorcio del juzgado de familia estableció que el hombre le pasaría a su exmujer una pensión de 180 euros mensuales, destinados a la manutención de la hija. Pero el progenitor no abonó ni un solo euro, si bien en el juicio trató de justificar esa conducta. Alegó que llegó a un «pacto verbal» con la madre, según el cual ambos compartirían la custodia y así ella no le reclamaría el dinero para los alimentos. Además, explicó que a partir del 2017 dejó de tener ingresos, cobrando en algunos meses 400 euros y teniendo incluso que pedir ayuda a su familia en ocasiones.

La denunciante negó la existencia de ese acuerdo, si bien la magistrada no ve probado que el investigado se desentendiese de la pensión por capricho. Tras examinar sus cuentas, advierte que arrojaron un saldo negativo en el año 2021 y que no le constan propiedades. A mayores, ha comprobado que en el 2022 solo trabajó 16 días y cobró un pequeño subsidio, lo que le supuso un salario de 290 euros al mes. Con esa cantidad difícilmente podría atender el pago de la pensión, advierte la togada, que aplica el principio in dubio pro reo.