Una jueza de Ourense condena por maltrato a un hombre que roció con insecticida a su pareja en la boca
PADRENDA

La víctima dijo que el marido llevaba años agrediéndola, pero no quedó corroborado durante el juicio
21 jun 2025 . Actualizado a las 05:00 h.El hombre que roció con insecticida la boca de su compañera sentimental ha sido condenado por un delito de maltrato. Así lo ha acordado la magistrada encargada de juzgar el asunto, que tiene claro que la conducta que cometió el investigado supuso una infracción penal por la que deberá responder. Eso sí, aunque la víctima aseguraba que ese tipo de acciones, y otras agresiones tanto físicas como verbales, habían sido frecuentes durante la relación, la magistrada no ha encontrado pruebas que lo corroboren y ha tenido que absolver. Así las cosas, sobre el acusado recae una condena de 57 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la prohibición de acercarse a la víctima durante dos años.
Según queda probado en la resolución, contra la que cabe presentar recurso, la pareja había tenido una relación de tres años, conviviendo en un domicilio de Padrenda. En la noche del 30 de marzo el hombre cogió un aerosol con insecticida y roció con él a su pareja en la boca. A consecuencia de ello la mujer tenía la zona hinchada y enrojecida, algo que no pasó desapercibido para unos vecinos que fueron a su casa al día siguiente. Tal y como relataron en el juicio, se la encontraron fuera de la vivienda, llorando y quejándose porque el acusado le había echado el líquido de los mosquitos.
Fueron ellos los que decidieron avisar al hijo de la víctima del incidente, acordando este último llamar a la Guardia Civil. «Ni ella misma tenía en mente denunciar al acusado, fueron sus vecinos los que decidieron hablar con su familia», observa la magistrada, que descarta la hipótesis de la defensa al atribuir las lesiones de la perjudicada a una enfermedad de la boca. A mayores, tiene en cuenta las declaraciones que hizo sobre los hechos el acusado cuando fue a declarar al juzgado por primera vez, y las tilda de «vejatorias». Y es que el sospechoso no tuvo reparos a la hora de reconocer que solía echar ambientador en la habitación, con su pareja dentro, porque percibía olor a «pescado, gato muerto, vinagre o leche podrida». Ante esta explicación, la encargada de ver el asunto cree que el hombre «no se limitó el acusado a rociar el aerosol sobre el dormitorio».
Los problemas de la víctima
Y aunque la víctima declaró que ese tipo de ataques eran habituales y en más de una ocasión le habló de ellos a sus vecinos, no se ha podido probar que así ocurriera. La magistrada no ha podido contar con una declaración precisa de la denunciante, ya que tiene dificultades «para expresarse y ofrecer un relato hilado y contextualizado», además de sufrir una enfermedad psiquiátrica. Cree que en este caso hubiera sido necesaria una valoración forense integral que pudiera determinar, en su caso, si la denunciante presentaba «una sintomatología compatible con haber vivido una situación de maltrato habitual, o si por el contrario, la misma pudiera ser debida a otro tipo de causas o circunstancias». Ante esta tesitura, exonera al sospechoso del cargo de maltrato habitual por el que también había sido juzgado y por el que se pedían penas de prisión.