La Audiencia de Pontevedra absuelve a la acusada de apropiarse del dinero de su pareja sentimental cuando esta sufrió un ictus
PONTEVEDRA
La Audiencia de Pontevedra ha absuelto de los delitos de apropiación indebida y estafa a A. G. G., la mujer a la que el fiscal acusó de haber vaciado las cuentas de su pareja cuando esta sufrió un ictus. La sentencia establece que, si bien la encausada, que estuvo representada por el equipo de abogados Rodríguez Alonso, retiró el dinero, «no consta que el dinero existente en esa cuenta fuera de la propiedad exclusiva del fallecido».
En este sentido, se refiere que la mujer mantuvo con este último durante muchos años una relación sentimental y de convivencia. En este contexto, figuraba como autorizada en la cuenta de ahorro de titularidad exclusiva de su pareja.
El 21 de octubre del 2019, su compañero con el que nunca se llegó a casar sufrió un ictus isquémico que precisó de inmediato ingreso en el hospital de O Salnés. En este centro sanitario permaneció hasta su fallecimiento el 3 de noviembre de ese mismo año.
La acusada, que tenía facultades de disposición en la
cuenta de ahorro de la titularidad de José Meis Padín, retiró
de la misma las siguientes cantidades: 1.- El mismo día del
ingreso hospitalario de José Meis, 21 de octubre de 2019,
transfirió desde la cuenta de éste, la suma de 65.000 € a la
cuenta bancaria de su exclusiva titularidad
ES7102388275570700506904. 2.- El día 31 de octubre de 2019
transfirió nuevamente desde la cuenta de José Meis a la cuenta
bancaria de su exclusiva titularidad, la cantidad de 790 €.
3.- Y el día 6 de diciembre de 2019, con posterioridad al
fallecimiento de José Meis, retiró en efectivo de la cuenta de
éste, la cantidad de 1.400 €.
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