
La declaración de la víctima fue esencial, pues «de forma inequívoca, clara, contundente y sin exageraciones, relató lo vivido»
11 oct 2022 . Actualizado a las 19:46 h.La Audiencia de Pontevedra ha condenado a cinco años de cárcel a un vecino del partido judicial de Marín por abusar de forma continuada de la hija menor de edad de su pareja. Esta pena lleva aparejada cinco años de libertad vigilada y la prohibición durante idéntico período de tiempo de comunicarse y aproximarse a la víctima. El tribunal, que ha tenido en cuenta la agravante de prevalimiento, también lo ha condenado al pago de 2.902 euros a la víctima por las secuelas y de 3.000 euros por los daños morales causados, precisaron desde el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
De este modo, se considera probado que cometió los abusos en el domicilio familiar entre los años 2014 y 2018, «una vez que la menor cumplió los 13 años y hasta que cesó la convivencia con su madre, en septiembre de 2018». Los hechos sucedieron, según la sentencia, «en varias ocasiones y en fechas no concretadas, pero de manera frecuente y reiterada».
Los magistrados consideran que el ahora condenado se aprovechó «de la relación de confianza que generaba la convivencia con la menor» para efectuarle los tocamientos e, incluso, llegó a entrar en el baño cuando la menor se duchaba.
En cuanto a la prueba de cargo, la sala alude que fue esencial la declaración de la perjudicada en el juicio, quien «de forma inequívoca, clara, contundente y sin exageraciones, relató lo vivido». Además, los jueces destacan que su testimonio está «rodeado de corroboraciones periféricas», entre ellas las declaraciones de una amiga y familiares de la víctima.
De igual modo, se aluden a corroboraciones objetivas como el informe pericial de credibilidad del testimonio elaborado por una psicóloga.