Abierto el plazo de alegaciones al presupuesto municipal de Pontevedra

Serxio Barral Álvarez
Serxio Barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA CIUDAD

El concejal de Facenda, Raimundo González Carballo, y el alcalde de Pontevedra, Miguel Anxo Fernández Lores, presentaron los presupuestos el 15 de diciembre
El concejal de Facenda, Raimundo González Carballo, y el alcalde de Pontevedra, Miguel Anxo Fernández Lores, presentaron los presupuestos el 15 de diciembre S.B.

Hay quince días de exposición pública y se prevé que las cuentas entren en vigor hacia mediados de marzo

15 feb 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

El Boletín Oficial de la Provincia publicó este miércoles el anuncio de aprobación inicial del presupuesto municipal de Pontevedra para este año 2024. Tras esta publicación comienza hoy mismo el período de exposición pública y hay quince días hábiles para plantear alegaciones. La previsión es que el presupuesto entre en vigor a mediados de marzo.

¿En qué momento de tramitación está el presupuesto?

Al gobernar en minoría y no lograr apoyo para las cuentas, el alcalde, Miguel Anxo Fernández Lores (BNG), se vio obligado a vincular las cuentas municipales a una cuestión de confianza que perdió. La oposición (PP-PSOE) tenía un mes para formalizar una moción de censura con un candidato a la alternativo a la alcaldía. Cumplido el plazo el pasado día 8, no hubo moción de censura, y el presupuesto quedó aprobado inicialmente. Con la publicación en el BOP, hay quince días hábiles para presentar reclamaciones.

¿Puede presentar alegaciones un partido político?

En principio no, aunque tampoco se prohíbe expresamente. La Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que pueden presentar alegaciones «los habitantes en el territorio» implicado, es decir, del municipio de Pontevedra, así como «los que resulten directamente afectados aunque no habiten en el territorio de la entidad local». También «los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales».

¿Qué tipo de alegaciones se pueden formular?

El reglamento orgánico del pleno municipal subraya que las reclamaciones solo se pueden formular «por motivos taxados», que son los que recoge expresamente la Ley de Haciendas Locales. Estos se reducen a tres. El primero, «por no haberse ajustado en su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en la ley». En segundo lugar, «por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad local». Y, por último, «por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos. No caben más motivos de reclamación contra el presupuesto municipal.

¿Qué plazo hay para reclamar?

El documento completo se puede consultar ya en las dependencias municipales de Michelena 30 o a través de la sede electrónica. Hay quince días hábiles para presentar reclamaciones, que comienzan a contar hoy. O sea, el plazo remata el 7 de marzo.

¿Cuál es el procedimiento a continuación?

De haber alegaciones, tienen que ser resueltas por la oficina económica del Concello y ser sometidas al pleno. Es decir, votan los grupos políticos su aceptación o no, siempre en base a los informes técnicos. De aceptarse alguna, el presupuesto tendría que ser modificado para incluirla. En el caso de no haber alegaciones durante el período legal, el documento se considera definitivamente aprobado sin necesidad de que vuelva al pleno.

¿Cabe otro tipo de recurso contra las cuentas municipales?

Siempre cabe, como con cualquier otra decisión de la Administración, la vía del recurso contencioso-administrativo. La legislación, en cualquier caso, especifica que «la interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la corporación».