El Juzgado de Padrón desestima los recursos de Marina Castaño y Tomás Cavanna en la causa de la Fundación Cela

Uxía López Rodríguez
Uxía López PADRÓN

PADRÓN

XOÁN A. SOLER

La jueza confirma el auto que cierra la instrucción y los mantiene investigados por un presunto delito de malversación de fondos públicos

10 mar 2016 . Actualizado a las 22:41 h.

El Juzgado de Instrucción nº2 de Padrón ha desestimado los recursos interpuestos por la representación procesal de Marina Castaño y Tomás Cavanna en la instrucción relacionada con la Fundación Camilo José Cela de Padrón, por lo que confirma en todos sus puntos la decisión adoptada en el auto de 15 de febrero de 2016, por el que se acordó la transformación de las presentes diligencias previas en el procedimiento del Tribunal del Jurado. Así lo acaba de hacer público el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

El auto de la jueza Paula Ventosa, fechado en el día de ayer, confirma la investigación de la viuda de Cela y del ex gerente de la fundación padronesa por un presunto delito de malversación de caudales públicos, investigación que se extiende, además, al ex patrono Dositeo Rodríguez y a su hija Covadonga. Esta renunció días atrás a su cargo de directora en funciones de la entidad cultural de Padrón. 

En el auto, la jueza explica que, de la documentación obrante en las actuaciones, resulta que la Fundación Camilo José Cela percibió dinero público que «no fue destinado para el fin para el que fue concedido, sino que se ha empleado para otros fines distintos». Y enumera, en primer lugar, la contratación de Rubén Darío Vargas Mercado como ordenanza de la Fundación Cela «cuando en realidad se trata de un trabajador al servicio personal de Marina Castaño y que prestaba sus servicios en el domicilio de esta en Madrid», como así reconoció el propio empleado en su declaración en Madrid.

También se refiere a la indemnización abonada a Tomás Cavanna por un «despido simulado», por importe de 150.000 euros «empleando fondos públicos», sostiene la jueza, y siendo consciente la viuda de Cela, como presidenta de la fundación, de que «no se trataba de un despido sino que Cavanna había decidido voluntariamente abandonar la fundación», según hechos descritos en otro auto. 

Esta última resolución del juzgado padronés no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación.